La tradición oral

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El rabino Hes en su libro Emunot, intento contestar a través de dialogos con sus distintos alumnos a las preguntas claves sobre la tradición oral, en esta sección te ofrecemos profundizar sobre el tema.
Captar cual es la base de la Tradicion Oral judía, ayudara a toda persona que quiera entender la importancia del cumplimiento de los preceptos en base a la explicación que brinda la misma. Traducción realizada por el Rabino Arie Natan.

Introducción
Introducción al libro Emunot del rabino Israel Hes z”l.
Los cuatros items, que son fundamentales para la educación de la generación que se alejó de la Torá y su particularidad, es necesario retomarlos e intentar llegar a través de ellos a la fuente primera, y ellos son:
1. La valorización que se merece la religión.
2. El cariño hacia los conceptos religiosos.
3. El conocimiento de los conceptos inspirados por la Torá.
4. El cumplimiento de los preceptos entregados por HaShem.
No existe una sola persona dentro de la nación de Israel que pueda desentenderse de todo lo que se refiera a la fe de nuestro pueblo, a pesar que esté imbuido de ideas extrañas y peregrinas, no obstante como hijo de este pueblo debe al menos respetarla ya que el reconocimiento general, en el cual está inmersa también su valorización junto con la individualidad de cada judío, es un tesoro oculto dentro de ella.
Después que la aceptación de esta valorización se realice, será necesario desarrollar sentimientos cálidos hacia la Torá, lo cual será imposible si primero no hay en ella la valorización mencionada. Y luego que el respeto y el cariño se presenten, entonces llegará el momento de ocuparse en conocer el universo de sus conceptos; lo cual no podrá traer el éxito esperado si el respeto y el cariño hacia la Torá no se actualizó (puso en acto). Sólo después de este conocimiento, paso posterior a los primeros mencionados, podemos pretender el cumplimiento de sus preceptos, dentro del ambiente de retorno que incluya a todos nuestros hermanos, tanto los que están lejos como los que están cerca, retorno a nuestra fortaleza y refugio… en esto se encuentra la llave que nos abrirá la “Gueulá”.
Feliz aquel que intente tomar parte en la difusión de estos items, temas del retorno, que HaShem se manifieste en él. R. Abraham Kuk. Las luces del retorno. (Orot HaTshubá pag. 139).Fiel a las enseñanzas de Marán HaRab Kuk, el rabino Hes intentó difundir la tradición de nuestra nación de manera innovadora, a través de artículos en periódicos y revistas, junto con publicaciones y una intensa labor educativa; el libro Emunot recoge artículos variados sobre estos temas tratando de hacerlos llegar al público contemporáneo.

Preguntas claves sobre la tradición oral
De mi consideración; No estoy segura que usted, y en realidad la mayoría de las personas religiosas, están conscientes de lo que yo, y muchos como yo, percibimos cuando platicamos o discutimos con un religioso. Casi en cualquier tema que se refiera a la concepción de mundo, o a la realidad actual, o incluso a algún versículo del Tanaj; yo escucho, cuando más, una explicación que trata de ser lógica, que trata de probarme de aclarar algo o de convenserme. Pero siempre, en algún momento, aparece una cita de algún dicho o pensamiento inteligente extraído de las fuentes, que sobre el se construye y apoya toda la explicación… Para una persona religiosa es suficiente que “los sabios dijeron” y esto es el comentario autorizado de cualquier versículo del Tanaj.
Como ya dije, no estoy segura realmente que ustedes se dan cuenta de ésto, simplemente para un religioso esto es suficiente, siendo claro y natural. Pero para nosotros – No. Yo conozco muchos laicos, me parece que todos creen que la Torá nos fue entregada por Dios en el monte Sinaí (no es relevante para mi tema aquí que ella nos obligue, o que sea apropiada para el siglo veinte, o que yo no cumpla lo que está escrita en ella, o que haya sido dada por Dios). No obstante, todo lo que viene después, la Mishná, la Guemará y las Agadot y todos los dichos de los Sabios (yo no soy tan culpable que no puede detallar todas estas fuentes por sus nombres); esto no está conectado con la Torá, esto no fue dado por Dios, esto es algo completamente separado, y por ende no obligatorio. Ciertamente, tienen, a veces, ideas interesantes, muy inteligentes, sabiduría de vida y visión de mundo. No obstante, esto es una idea posible entre otras tantas ideas. Son solo palabras de seres humanos. No es divino, absoluto, autoritativo, celestial; ¿cómo es posible considerar todo ésto y a la Torá como una unidad y citar de aquí y de allí por igual? ¿Qué relación hay entre la Torá Escrita y la Torá Oral? (Ahora recordé los términos correctos) ¿Acaso ustedes creen que lo que viene después de la Torá, tiene su fuente también en Dios? ¿Acaso no coincidirá conmigo que todo esto fue dicho por seres humanos, como yo o como usted, con su propio intelecto?;Le agradeceré si me explica este tema, ya sea por escrito o en algún artículo de su revista.
Prefiero, Ayélet, referirme a tu pregunta en un artículo, ya que esta pregunta, que fue planteada claramente por ti, con honestidad y franqueza, preocupa a muchos que se interesan en el pensamiento del Judaísmo, y ya me preguntaron sobre el punto. Así, la relación entre la Torá Escrita y la Torá Oral es uno de los principios de la fe y de los fundamentos que obligan a todo judío; sus proyecciones son muchas no sólo dentro de pláticas y discusiones, sino también en nuestra vida cotidiana. La Torá Oral no contiene solamente dichos, frases inteligentes y visión de mundo, sino también leyes, instrucciones prácticas y detalles de las Mitzvot. Estas nos conducen en nuestra vida.
Las faltas que hay en la Torá
Comenzaremos con la siguiente pregunta: ¿Acaso necesita la Torá Escrita de un agregado que se denomina Torá Oral? ¿Qué es lo que falta en la Torá Escrita para necesitar de tales agregados? ¿Por qué quien está dispuesto a recibir la autoridad divina de la Torá entregada en Sinaí, está también obligado a aceptar los agregados orales, supuestamente más “tardíos”?
De seguro que tú sabes, Ayélet, por tu propia experiencia, que todo concepto escrito; es posible explicarlo de muchas formas. La palabra escrita tiene muchas acepciones, y cada lector ve en ella algo de sus propios pensamientos, e incluso, no pocas veces, intenciones opuestas a las del redactor. Todo lo anterior se evita cuando se trata de una conferencia oral, en la cual el expositor puede explayarse, detallar y explicar, y también el oyente tiene la posibilidad de preguntarle sobre este o aquel concepto. Por cuanto que la Torá, la palabra de Dios escrita, es necesario que sea clara, comprensible y inequívoca, y que sepamos qué cumplir y de qué modo actuar, es imprescindible sostener que junto con la entrega de la Torá Escrita a Moshé, le haya explicado Dios oralmente su voluntad e intención en cada versículo. La Torá que escuchó Moshé de manera oral de parte de Dios, la transmitió a Yehoshua quien a su vez la transmitió a los ancianos y así hasta nuestros días.
No obstante, ¿Por qué estas explicaciones y detalles debieron transmitirse oralmente? ¿Por qué no se escribieron también ellos? La respuesta es simple, ya que si se hubieran escrito, hubieran necesitado también éstos de explicaciones agregadas, explicación de la explicación, ya que como dijimos cada concepto escrito es multívoco y sujeto a interpretación. Esto es lo que sucedió con la Torá Oral. Un resumen de la misma fue escrito cierta vez, se denomina Mishná, pero como fue escrito, necesitó nuevamente de explicación. Muchas investigaciones rodearon la explicación del texto resumido de la Mishná y su intención específica, esto se denomina Guemará. Una vez escrita la Guemará, aumentaron considerablemente las interpretaciones de sus conceptos, estos son los libros de los Gueonim, de los Rishonim y Ajaronim hasta nuestros días.
¿En que se ocupan los jueces y abogados en un tribunal, simplemente la ley ya está escrita y estructurada por expertos juristas? Ciertamente, también una ley escrita está sujeta a interpretación; cada abogado inclina la interpretación de una ley según sus propias necesidades. Así también las Halajot y la Torá Oral, fueron decididas y escritas en el “Shulján Aruj”; no obstante, muchos conceptos (que ocupan la mayoría de cada página) fueron impresos al rededor de la Halajá, estos son sus explicaciones y detalles.
Se desprende que no hay un estatus completo para la Torá Escrita sin la Torá Oral que fue entregada con ella. Aquella misma fuente que entregó la Torá Escrita, explicó sus conceptos oralmente. (Cf. “Séfer HaIkarim” de R. Yosef Albo, sección 3ra., cap. 23)
Según la costumbre de los religiosos, como dijiste, voy a citar un dicho de los sabios, agregado al argumento anterior. En la Torá (VaYikrá 27:46) se declara: “Estos son los decretos, los juicios y las Torot (plural de Torá) que entregó Dios en el monte Sinaí, por medio de Moshé” Esta alusión a las Torot enseña que dos conjuntos de leyes fueron entregadas a Israel, uno oral y otro escrito. (Cf. Sifrí, Sección BeJukotay 27).
La Torá presenta dificultades de comprensión.
Nos referimos a la pregunta si ciertamente necesita la Torá Escrita de un agregado oral. Ahora trataremos de responder a nuestra segunda pregunta: ¿qué es lo que falta dentro de los textos escritos si prescindimos de agregados orales y explicaciones? Tú has declarado que la Torá Escrita estás dispuesta a aceptar. Supongamos que la aceptas también como un factor obligatorio en la práctica, y tienes además la voluntad de cumplir lo que está escrito en ella, lo que Dios ordenó. Por otro lado, no estás dispuesta a aceptar lo que dispusieron los sabios durante generaciones, argumentando que no son conceptos divinos obligatorios.
A modo de ejemplo, sobre el mandamiento de Shabat se declara: “No harás ningún trabajo”, no obstante no está definido explícitamente qué es “trabajo” o qué es “esfuerzo” o “labor” o “molestia” o “actividad”. Cabe preguntar ¿Qué es lo que me fue prohibido? ¿Cómo cumpliré lo que Dios ordenó en la Torá que he aceptado? Además, ¿Acaso es justo de parte del Creador prohibirme algo, castigarme si transgredo sus mandamientos, sin informarme claramente qué es lo prohibido?
En otros lugares de la Torá Escrita fueron detalladas tres actividades prohibidas en Shabat, “arar, cosechar, traspasar fuego”. Si todos los trabajos fueron prohibidos ¿Cuál es la razón de detallar tres de ellos? Y si solamente estas tres actividades fueron prohibidas, ¿Cuál es la razón de declarar que todo trabajo está prohibido? La Torá permitió en forma explícita ciertas actividades necesarias para la preparación de alimentos en Yom Tob (día festivo), contrario a lo dicho en Shabat. Por lo tanto entiendo que estas actividades también están prohibidas en Shabat… La confusión resulta ser enorme.
No obstante si coincidimos que junto con la escritura del mandamiento “no harás ningún trabajo”, fue entregado a Moshé, por Dios, en forma oral la definición del concepto de “trabajo” o el detalle de las actividades que se incluyen en este concepto, ciertamente comprenderemos qué y cómo actuar. En el libro BeMidbar (15:32-34) se relata que en uno de los Shabatot salieron unas personas a pasear en el desierto y vieron un hombre que recogía leños en Shabat, los juntaba y los engavillaba. Inmediatamente lo detuvieron y lo encarcelaron, “porque no era claro que se le haría”. Es decir no sabían que pena aplicarle con qué pena capital se castiga al profanador de Shabat. En esta situación les comunicó HaShem que su castigo era la muerte por lapidación. Cabe por lo tanto preguntar, ¿Por que lo apresaron, de dónde sabían que recoger leños es un “trabajo” prohibido en Shabat, por qué no lo dejaron libre, por qué debieron únicamente aclarar qué castigo aplicar y no averiguar si esta actividad misma estaba prohibida en Shabat? ¿Acaso no es esto una prueba que la definición de “trabajo” la habían recibido oralmente y todo Israel la conocía?
HaShem ordenó en la Torá: “que no salga nadie de su lugar durante el día de Shabat”, tanto yo como tú estamos dispuestos a cumplir meticulosamente esta prescripción. No obstante ¿qué significa “lugar”, cuál es su definición? ¿Acaso el sitio preciso donde estuvimos minutos antes de que entrara Shabat, o tal vez todo el cuarto, o la casa, o el patio, la calle, la ciudad…? Si está prohibido salir de un cuarto por ejemplo, no sería posible caminar en Shabat al Beit HaKenéset, etc. ¿Quién podrá por lo tanto definir el concepto de “lugar”? ¿La definición de quién nos obligará? Quizás, a pesar de todo, HaShem nos entregó una definición apropiada a su voluntad cuando nos informó su voluntad sobre el tema.
Estos son solo ejemplos, dos entre muchos, de la existencia en la Torá Escrita de conceptos que necesitan de definiciones, lo que falta en ella, para ésto debemos recurrir a la Torá Oral.
En el libro Shemot (12:15) se declara: “Durante siete días comerás Matzot (panes ázimos)” y en Debarim (16:8) se declara por otra parte “Seis días comerás Matzot”. Estos versículos que se contradicen uno a otro se encuentran en la Torá, y ellos me informan lo que debo hacer. ¿Cómo he de cumplir el mandamiento de la Torá, sin una aclaración divina de Aquel que entregó la Torá? Ciertamente artículos que requieren explicación; son otro tipo comprobación obligada de que es necesario, dentro de la Torá Escrita, tener a la Torá Oral a su lado.
El relato de la construcción del Tabernáculo y su estructura, la inauguración del altar, el censo al pueblo judío y otros temas están detallados en la Escritura. No obstante, aparecen leyes redactadas escuetamente, hasta que incluso del lenguaje de los versículos es imposible entender cual es, por ejemplo, la diferencia entre una mujer que tiene hemorragia vaginal (Zabá) y una mujer que está en estado de separación (Nidá). Todo el tema complejo del embolísmico (hacer coincidir el año lunar, según el cual contamos, con el año solar) y todos sus intrincados cálculos, fue mencionado sólo con las palabras “Cuidarás el mes de Aviv”, es decir tratar de hacer todo lo posible para que el mes en el cual recae Pésaj se celebre durante la primavera. “En cabañas deberás sentarte siete días” No obstante, ¿Qué es una cabaña, cómo se la construye, de qué materiales estarán hechos sus paredes y techo? ¿Qué significa “sentarse”, se refiere precisamente a esta acción o tal vez sea necesario vivir, incluyendo dormir…? De tal modo, incluso las leyes cuyos detalles no fueron mencionados; nos conducen a la certeza de la Torá Oral, en ella se detallan y explican todas las reglas que se nos pide cumplir; sobre el cumplimiento de ellas recibiremos recompensa y sobre su violación, castigo. Cuando las cumplimos realizamos la voluntad de Dios, justificamos el haber sido creados y nuestro mantenimiento en el mundo, realizamos además nuestro objetivo y de tal modo ameritamos recibir el mundo por venir.
La Mishná constituye una resumen de la Torá Oral y fue redactada bastante tiempo después, en ella se reunieron todos los detalles de las reglas transmitidas oralmente, como extensiones de las reglas generales aparecidas en la Torá. Así, por ejemplo, con respecto a la Suká (cabaña) menciona y describe la Mishná lo que está obtuso en la Torá: definición de cabaña, materiales de construcción, el techo, las medidas mínimas y máximas, las personas obligadas a sentarse en ella y los que están exentos, las reglas relativas a los enfermos, actividades realizadas dentro de la respectiva cabaña, etc.
Si quieres, Ayélet, busca en todas los órdenes de la Mishná la forma y los detalles para realizar el mandamiento de los hilos trenzados (Tzitziyot) (además cabe preguntar cuál es la definición de este término, tal repuesta la encontramos en la Torá Oral, del mismo modo que la explicación del concepto “Te harás flecos sobre los cuatro bordes de tu vestidura”). El mandamiento de los Tefilín (Serán como señales entre tus ojos, concepto que requiere definición). El mandamiento de la Mezuzá. Profundiza si encuentras en la Mishná algún detalle de los textos que conforman la oración o sobre lo que hace y dice el oficiante en el Beit HaKenéset, ciertamente no encontrarás nada. ¿Acaso la Torá Oral no se refirió a los Tzitzit, a los Tefilín, a la oración o a la Mezuzá? No obstante, también sobre esto hay tradición oral, sin embargo como son actividades cotidianas y sabidas no hubo necesidad de escribirlas. Me parece además que esto podría ser una explicación correcta para otro fenómeno que aparece en la Torá:
La Torá es muy estricta en la medida de fidelidad entre un hombre y su esposa y en la prohibición de la traición conyugal. Por lo tanto, las actividades que permiten a una mujer casada divorciarse de su esposo están muy detalladas y especificadas dentro de la Torá; de manera tal que se permita a una divorciada casarse nuevamente. El procedimiento aceptado hoy en día, como es sabido, es muy estricto con respecto a la realización del divorcio y a la escritura del documento que lo comprueba (Guet). Es curioso, no obstante, que en la Torá este tema ni siquiera es mencionado resumidamente, sino en forma casual como secundario a otro tema. Se declara que una persona que se casó con una mujer que ahora desea divorciar “le escribirá un documento de separación y se lo entregará en su mano” y ella podrá, después de divorciada, casarse nuevamente; no pudiendo volver al primer marido si se casa (y divorcia) después de haberse separado de él (Debarim 24:1). Así, como un detalle más del procedimiento de re-casarse con su divorciada escuchamos algo sobre el cómo se ha de efectuar el divorcio.
Como un concepto agregado a las normas de la manumisión de un esclavo hebreo después de seis años, aprendemos que una persona puede venderse a sí mismo como esclavo (y no sólo el tribunal como ya había sido mencionado explícitamente). Como todas las demás pruebas anteriores, es posible también aquí agregar otros ejemplos, sin embargo debemos resumir nuestras palabras “escritas”, por tratarse de un periódico.
¿Acaso no era claro que existía una Torá Oral entregada por Dios, que por ella todos sabían como actuar? Por lo tanto, no es necesario escribir esto en la Torá. Este es el tipo de comprobaciones número cuatro artículos cuyo fundamento es el conocimiento de leyes transmitidas oralmente.
Mi voluntad es cumplir lo dicho por Dios en la Torá Escrita, sin embargo qué he de hacer cuando me tropiezo con un versículo que se refiere a un amo que casó a su esclava hebrea con su hijo y tal versículo concluye: “como es el procedimiento con las mujeres se hará con ella” (Shemot 21:9), ¿Cuál es el procedimiento de las mujeres?. Del mismo modo la Torá castiga al que viola a una muchacha “se pesará dinero como es la dote de las vírgenes” (Ibíd. 22:16) ¿Cuál es la dote de las vírgenes? Si quieres comer carne, dice la Torá, “podrás matar de tus reses o de tu rebaño”, ¿Qué significa matar, acaso es ahorcar, degollar estrangular? Hay muchas reglas en la Torá que distinguen entre “comprometida” y “casada”, ¿Qué significa “comprometida” y qué significa “casada”
Durante la fiesta de Sukot debemos tomar: el fruto de un árbol hermoso, hojas de palma, ramas de árbol frondoso y sauces del río. Se reunen en el Beit HaKenéset muchas personas que desean cumplir lo dicho por Dios, uno trae naranja (cítrico, como definición probable del hebreo “árbol hermoso”), su amigo trae pomelo, otros llegan con mandarinas y un último, queriendo sobresalir, trae consigo un cidro (etrog). ¿Acaso todos están cumpliendo lo dicho por Dios, o tal vez cuando fue dictada la Torá, junto a las palabras “árbol hermoso”, se transmitió su definición exacta, la cual se conservó hasta nuestros días? De tal modo, hoy como ayer, sabemos que debemos traer un cidro. Por lo términos “hojas de palma” hubiera entendido que se refiere a la rama dorada de la cual se bifurcan ramas más pequeñas sobre las cuales penden los dátiles, ésto se ve como un brazo, una palma de mano con dedos. Tú tal vez hubieras entendido una rama de palmera que de su espina salen muchas hojas. No obstante, Dios dictaminó “hojas de palma” y oralmente nos informó que se refiere al Lulab, la rama de la palmera cuando está cerrada. Ramas de un árbol frondoso se refieren precisamente al mirto y no al olivo cuyas hojas son muy frondosas en cada rama, y no otro árbol cualquiera.
“Este mes será para ustedes el primero de los meses”, el mes egipcio que Israel estuvo acostumbrado a contar, o tal vez se refiera al mes lunar o al solar. (Muchos ejemplos más se encuentran en el libro “Kuzarí” de R. Yehudá HaLeví Sección 3, inciso 35. En R. Nisim en su introducción a libro “Maftéaj”, En Midrash Rabá VaYikrá 30, 15. En Ibn Ezrá a Shemot 12:2. Y en el libro Moré Nebujim 1,71)
La Torá se apolla en los sabios de Israel
La Torá se apoya en los Sabios de Israel
Tendrás, Ayélet, razón si preguntas según lo mencionado anteriormente, ¿Cómo se explica que no haya en la Torá Escrita ninguna mención, e incluso ninguna alusión, sobre la existencia de la Torá Oral, o sobre la autorización dada a los sabios de generaciones posteriores a detallar y comentar lo contradictorio y lo implícito que hay en la Escritura? Si bien todos los ejemplos traídos anteriormente comprueban la existencia de una tradición oral, ¿Acaso la propia Torá lo hubiera expresado explícitamente?
Me parece que que según lo que hemos expresado hasta ahora la respuesta es simple. Si ya hemos aclarado que la información contenida en los versículos de la Torá no es suficiente (ya sea por la falta de una definición apropiada, o por una carencia de los detalles específicos, como ya dijimos), entonces es claro también para HaShem que en el futuro, después de la entrega de la Torá, se despertarían dudas y conflictos. ¿Cómo no nos informó la Torá lo que hacer en una situación tal? No obstante, es por eso precisamente que la Torá describe lo anterior en el siguiente versículo: “Cuando alguna cosa te sea difícil en el juicio… entre una clase de derecho legal y otra… y vendrás… <b style=”mso-bidi-font-weight: normal;”>al juez que hubiere en aquellos d</b>í<b style=”mso-bidi-font-weight: normal;”>as</b>… Y harás según la sentencia que te indiquen… no te apartarás ni a diestra ni a siniestra de la sentencia que te dicten”. (Debarim 17:8-11). Dios ordenó en la Torá Escrita escuchar la sentencia del Tribunal Supremo en cualquier tema controversial. Su sentencia, cuya vigencia le proviene de la Torá, ha sido incorporado como parte de la Torá Oral. Ciertamente entonces, la Torá Escrita nos remite explícitamente, para entender sus temas, a la Torá Oral.
En la Torá Escrita se relata que el tiempo de la presentación de la ofrenda del ?mer (medida de cebada, aprox. 3 L.) es durante la fiesta de Pésaj: “Al día siguiente de Shabat” (VaYikrá 23:1) La Torá Oral nos explica que en este caso Shabat se refiere al primer día de la fiesta de Pésaj, sea cual fuere el día de la semana en que recaiga. Los seduceos, quienes renegaron de la Torá Oral, argumentaron que la intención de la Torá era realmente Shabat, es decir el lunes siguiente al Shabat dentro de la semana de Pésaj. ¿Acaso su argumento no es lógico, cercana y concordante con el sentido simple de las palabras? No obstante, está escrito en Yehoshua (5:11) sobre el Pésaj primero que celebraron cuando ingresó el pueblo a la Tierra de Israel: “Comieron después de haber ingresado a la Tierra, al día siguiente de Pésaj, panes ázimos y granos tostados precisamente ese mismo día?” Lo anterior recuerda un tanto el estilo de la Torá misma: “y pan y granos tostados y espigas no comerán precisamente hasta este mismo día”. Y así, Israel tenía una tradición, después de la entrega de la Torá, tradición oral en la cual se transmitió que “al otro día de Shabat” se refería al “día siguiente a Pésaj” y así celebraron en la primera oportunidad, en tiempos de Yehoshua.</p>
<p class=”NormalPar” style=”text-align: justify;”> En Debarim (16:2) se declara: “presentarás como ofrenda de Pésaj delante de HaShem tu Dios rebaño y reses”. Ciertamente se entiende que debemos traer dos tipos de sacrificios en Pésaj, uno de rebaño y otro de reses, o tal vez solo uno ya sea de rebaño o ya sea de reses a nuestra elección. En Dibrey HaYamim (35:7-9) en la descripción del Pésaj que se realizó en tiempos del rey Yoshiahu se menciona que el sacrificio de Pésaj se realiza solo con rebaño, o cabras u ovejas, en cambio las reses son para la ofrenda denominada Jaguigá, lo que comprueba nuevamente que tenían una tradición oral que explicaba los versículos de la Torá.
En Debarim (16:7) se declara que el sacrificio de Pésaj deberá ser “cocinado y comido”. Es sabido que cocinar (el término en hebreo) indica hacerlo con agua, en cambio asar se refiere al fuego sin agua. A pesar de esto en la descripción del Pésaj de Yoshiahu en Dibrey HaYamim se declara: “cocinaron el Pésaj al fuego como es su reglamento”, por lo tanto el Pésaj siempre fue hecho asado, porque les aclaró Dios en la Torá Oral que cuando esté escrito “cocinar” se refiere a asar, en cambio cuando está escrito “cocinado en agua” (cf. Shemot 12:9, por ejemplo) se refiere a cocinar simplemente.
Tenemos pues versículos obtusos y equívocos en la Torá, que en el resto de los libros del Tanaj se aclaran completamente, incluso según sus disposiciones legales en la práctica, ya que estos temas recibieron su explicación en Sinaí. Si bien los críticos bíblicos rechazan estas pruebas, ya que no aceptan el orden cronológico de estos libros. Ellos suponen que la escritura de Yehoshua, por ejemplo, fue anterior a la escritura de las secciones que tratan del ?mer en la Torá… Sin embargo, ¿Qué diría, Ayélet, tu lógica que un escritor posterior presentara una palabra obtusa en lugar de una palabra clara que fue escrita con anterioridad, o lo contrario que un escritor posterior explique un vocablo anterior?
“¿Qué significa lo que se declara: “Te entregaré las tablas de piedras, la Torá, los mandamientos que he escrito para que los enseñes” (qué indica esa diversidad de conceptos que nos entregó)? Las tablas: se refiere a los diez mandamientos. La Torá: se refiere al texto escrito. Los mandamientos: se refiere a la Mishná. Que he escrito: se refiere a los demás textos del Tanaj. Para que los enseñes: se refiere a la Guemará. Se entiende que todos fueron dados a Moshé en el Sinaí” (Berajot 5a).
Es apropiado que concluyamos este capítulo con las palabras de Rabí Yehudá HaLeví traídas en Kuzarí: “El sentido simple de la Torá no es evidente, cuanto más su sentido complejo; ya que solo se apoyaban (para clarificarla) en la Torá Oral.
La Torá oral y sus diversas fuentes
Explicamos, a pedido de Ayélet, la obligatoriedad de la entrega de la Torá Oral junto con la entrega de la Torá Escrita. Probamos que es imposible cumplir los mandamientos mencionados en la Torá sin las explicaciones adicionales que fueron, también ellas, transmitidas por HaShem a Moshé. De tal modo, la Mishná comienza el tratado Abot “Moshé recibió la Torá de Sinaí, y se la transmitió a Yehoshua y Yehoshua a los ancianos” y así de generación en generación, tales conceptos se refieren a la transmisión de la información oral ya que la información escrita fue entregada a los Kohanim en un libro, el cual fue puesto junto al Arca, en el Tabernáculo.
Ahora queremos definir qué es lo que contiene y de qué lementos está compuesta la Torá Oral que Moshé recibió y transmitió. Además, cabe preguntar si toda la Torá Oral que se encuentra hoy en nuestras manos (Mishná, Guemará y Midrashim) fue entregada en directamente Sinaí, o tal vez hay partes de ella que fueron añadidos más tarde durante el transcurso de los años.
En primer lugar debemos fijar que existen cinco fuentes, cinco “manatiales” de donde fluye la Torá Oral, en ellos recibió su identidad tal como la conocemos hoy en día. Vamos a revisarlos uno por uno.
El manantial divino
Del versículo “Estos son los estatutos y los juicios y (Torot) que entregó HaShem a los Hijos de Israel en el monte Sinaí, por medio de Moshé” (VaYikrá 27:46), estudiaron los sabios: “y las leyes…nos enseña (el término en plural) que dos leyes (Torot) fueron dadas a Israel, una escrita y otra oral… que fue entregada la Torá con sus deducciones y sus comentarios por medio de Moshé en Sinaí” (Sifrá, BeJukotay 8:13). Por ende cabe expresar: Moshé recibió en Sinaí y nos transmitió la Torá con sus reglas, sus deducciones y comentarios.
Las reglas
Las reglas, con este término definimos el concepto de “Halajá dada a Moshé en Sinaí”. Estas reglas no tienen por objetivo explicar los versículos mismos, sino agregar o explayar los mandamientos y las prohibiciones de la Torá. Nos está prohibido, por ejemplo, comer en Yom Kipur, comer sangre, cebos, etc. ¿Cuál es por ende la definición de “comer”, cuál es el mínimo indispensable para que se denomine comida prohibida, cuál es su medida? ¿Cuál es, por ejemplo, la cantidad de agua que purifica en una Mikvé (baño ritual); cuáles son los elementos que se consideran interrupción entre el cuerpo que se sumerge y entre el agua? ¿Cuál es por ejemplo, la definición de “dominio privado” y “dominio público”, qué tipo de separaciones forman los dominios antes mencionados.
En resumen, “las medidas (cantidades mínimas), los tipos de separación y los elementos que interrumpen, todos estos conceptos son Halajá dada a Moshé en Sinaí” (Erubín 4:1).
Por consiguiente, la definición de la palabra “frontales” corresponderá a los comentarios, en cambio la necesidad de hacerlos cuadrados y de pintarlos de negro y de cocerlos con tendones, todas estas reglas no pertenecen a la definición de un término sino a su Halajá: detalle de la realización de un mandamiento. Dentro del marco de estas reglas se encuentran también especificaciones diversas que los propios versículos mencionan que HaShem le dio a Moshé, por ejemplo “matarás un aminal como Yo te he ordenado…” Esto no es definición de términos, sino detalle y especificación sobre la realización de tal actividad.
Las deducciones
Se refieren a un sistema de instrumentos o métodos, a través de los cuales se extraen de la Torá Escrita soluciones a problemas actuales. El postulado consiste en que la Torá de Israel es una entidad viviente; a ella le corresponde acompañar al pueblo a través de las generaciones y por medio de ella enfrentar las situaciones y las problemáticas que se le presenten al pueblo. Por lo tanto, era necesario transmitir por medio de Moshé una serie de métodos o instrumentos que concreten este objetivo, estos métodos se denominan “las trece normas a través de las cuales la Torá se estudia”; estas normas sirven de ayuda al poder legislativo, es decir a los sabios, crear, según el marco específico de estas normas, nuevas leyes que sirvan a las necesidades del momento. Así nosotros conocemos el argumento(Kal Va-Jómer), el cual consiste en un argumento lógico encontrado ya en la Torá: “Si el dinero que encontramos en nuestros costales te lo hemos traído desde la tierra de Kenaán (Kal Va-Jómer), ¿cómo habíamos de robar algo de la casa de nuestro señor?” El principio lógico fija que si en un caso dado, la ley que se aplica es estricta, en un caso de mucha mayor gravedad se ha de aplicar esta ley estricta, a pesar que esta misma ley no aparece en la Torá aplicada al caso de mayor gravedad. Del mismo modo otros métodos de argumentación lógica como la (Guezará Shavá), la generalización (Binián Ab), el(Klal UFrat), y otros.
Todos estos tres conceptos fueron transmitidos a Moshé y formaron una policromía amplia de leyes diferentes: este es sin dudas el primer componente, específicamente original, de la Torá Oral.
El contenido del resto de los componentes de la Torá Oral, de aquí en adelante, no fueron entregados según la mayoría de los comentaristas a Moshé en Sinaí, sino que tienen su punto de partida en las enseñanzas de los sabios de todas las generaciones. La fuente que garantiza la autoridad y validez de tales enseñanzas, que incluyen los comentarios diversos, la legislación para diverso casos, etc. es el versículo que reza: “Cuando tengas que dilucidar un asunto legal… vendrás… donde el legislador que haya en aquellos días; entonces consultarás y ellos te informarán el asunto legal. Actuarás según el dictamen que te hayan informado… y te cuidarás de respetar todo lo que se te informe. Según el dictamen expresado y según la ley fijada, actuarás, del dictamen fijado no a la derecha y no a la izquierda” (Debarim 17:8-11). Ciertamente el propio dador de la Torá nos transmitió que en todo tipo de problemática que se presente, debemos consultar a los maestros de la Torá que tengamos en cada generación, HaShem es quien da la autoridad y validez a las actividades legislativas.
Al parecer estos versículos repiten conceptos, no obstante más adelante veremos y comprobaremos cuál es el sentido y significado de cada una de las partes de ellos. De todos modos se nos ha transmitido aquí, que la Torá, cuya realización no se eleva a dimensiones siderales, fue encomendada a los sabios de Israel en quienes radica, como en todo poder legislativo, la autoridad de explicarla y detallarla según su propio entendimiento, según la tradición recibida y según los criterios aceptados y la decisión de la mayoría.</p>
Los comentarios
Los comentarios tienen como función explicar aquellos versículos y términos que no están suficientemente claros en la Torá Escrita, como por ejemplo: “y tomarán ustedes un fruto de un árbol hermoso”; ¿qué significa “hermoso”? “Y serán como frontales entre tus ojos” ¿qué son realmente frontales? “Un día de resonancia” ¿a qué tipo de resonancia se refiere y como se realiza? “Le escribirá un texto de rompimiento” ¿qué significa este texto y qué conceptos contiene? “Cuidarán el mes de la primavera” ¿en qué forma se lleva a la práctica este cuidar? Y así muchísimos ejemplos.
Junto a las explicaciones de este tipo, le fue entregado a Moshé un corpus de aclaraciones que conllevan la modificación literal de versículos, aunque por otro lado concuerdan más con el sentido de los mismos. “No serán muertos los padres por los hijos” cuyo sentido se refiere a que no se puede juzgar a pena de muerte a un padre basandose en el testimonio de sus hijos. Estas aclaraciones son explicaciones orales de los versículos de la Torá, las cuales Aquel que entregó la Torá nos enseñó para el estudio de sus contenidos.
Nota del traductor
(N. del T. Fiel a las enseñanzas de Marán HaRab Kuk, el rabino Hes ?”? intentó difundir la tradición de nuestra nación de manera innovadora, a través de artículos en periódicos y revistas, junto con publicaciones y una intensa labor educativa; el libro Emunot recoge artículo variados sobre estos temas tratando de hacerlos llegar al público contemporáneo)

La tradicion oral

El rabino Hes en su libro Emunot, intento contestar a través de dialogos con sus distintos alumnos a las preguntas claves sobre la tradición oral, en esta sección te ofrecemos profundizar sobre el tema.

 Captar cual es la base de la Tradicion Oral judía, ayudara a toda persona que quiera entender la importancia del cumplimiento de los preceptos en base a la explicación que brinda la misma.

Traducción realizada por el Rabino Arie Natan

Introducción
Introducción al libro Emunot del rabino Israel Hes z”l.

 Los cuatros items, que  son fundamentales para la educación de la generación que se alejó de la Torá y su particularidad, es necesario retomarlos e intentar llegar a través de ellos a la fuente primera, y ellos son:

 1. La valorización que se merece la religión.

2. El cariño hacia los conceptos religiosos.

3. El conocimiento de los conceptos inspirados por la Torá.

4. El cumplimiento de los preceptos entregados por HaShem.

 No existe una sola persona dentro de la nación de Israel que pueda desentenderse de todo lo que se refiera a la fe de nuestro pueblo, a pesar que esté imbuido de ideas extrañas y peregrinas, no obstante como hijo de este pueblo debe al menos respetarla ya que el reconocimiento general, en el cual está inmersa también su valorización junto con la individualidad de cada judío, es un tesoro oculto dentro de ella.

 Después que la aceptación de esta valorización se realice, será necesario desarrollar sentimientos cálidos hacia la Torá, lo cual será imposible si primero no hay en ella la valorización mencionada. Y luego que el respeto y el cariño se presenten, entonces llegará el momento de ocuparse en conocer el universo de sus conceptos; lo cual no podrá traer el éxito esperado si el respeto y el cariño hacia la Torá no se actualizó (puso en acto). Sólo después de este conocimiento, paso posterior a los primeros mencionados, podemos pretender el cumplimiento de sus preceptos, dentro del ambiente de retorno que incluya a todos nuestros hermanos, tanto los que están lejos como los que están cerca, retorno a nuestra fortaleza y refugio… en esto se encuentra la llave que nos abrirá la “Gueulá”.

Feliz aquel que intente tomar parte en la difusión de estos items, temas del retorno, que HaShem se manifieste en él…

R. Abraham Kuk. Las luces del retorno. (Orot HaTshubá) pag. 139.

(N. del T. Fiel a las enseñanzas de Marán HaRab Kuk, el rabino Hes ?”? intentó difundir la tradición de nuestra nación de manera innovadora, a través de artículos en periódicos y revistas, junto con publicaciones y una intensa labor educativa; el libro Emunot recoge artículo variados sobre estos temas tratando de hacerlos llegar al público contemporáneo)

Coordinador de “Emunot”.

Preguntas claves sobre la tradición oral
De mi consideración:

No estoy segura que usted, y en realidad la mayoría de las personas religiosas, están conscientes de lo que yo, y muchos como yo, percibimos cuando platicamos o discutimos con un religioso. Casi en cualquier tema que se refiera a la concepción de mundo, o a la realidad actual, o incluso a algún versículo del Tanaj; yo escucho, cuando más, una explicación que trata de ser lógica, que trata de probarme de aclarar algo o de convenserme. Pero siempre, en algún momento, aparece una cita de algún dicho o pensamiento inteligente extraído de las fuentes, que sobre el se construye y apoya toda la explicación… Para una persona religiosa es suficiente que “los sabios dijeron” y esto es el comentario autorizado de cualquier versículo del Tanaj.

Como ya dije, no estoy segura realmente que ustedes se dan cuenta de ésto, simplemente para un religioso esto es suficiente, siendo claro y natural. Pero para nosotros – No. Yo conozco muchos laicos, me parece que todos creen que la Torá nos fue entregada por Dios en el monte Sinaí (no es relevante para mi tema aquí que ella nos obligue, o que sea apropiada para el siglo veinte, o que yo no cumpla lo que está escrita en ella, o que haya sido dada por Dios). No obstante, todo lo que viene después, la Mishná, la Guemará y las Agadot y todos los dichos de los Sabios (yo no soy tan culpable que no puede detallar todas estas fuentes por sus nombres); esto no está conectado con la Torá, esto no fue dado por Dios, esto es algo completamente separado, y por ende no obligatorio. Ciertamente, tienen, a veces, ideas interesantes, muy inteligentes, sabiduría de vida y visión de mundo. No obstante, esto es una idea posible entre otras tantas ideas. Son solo palabras de seres humanos. No es divino, absoluto, autoritativo, celestial; ¿cómo es posible considerar todo ésto y a la Torá como una unidad y citar de aquí y de allí por igual?  ¿Qué relación hay entre la Torá Escrita y la Torá Oral? (Ahora recordé los términos correctos) ¿Acaso ustedes creen que lo que viene después de la Torá, tiene su fuente también en Dios? ¿Acaso no coincidirá conmigo que todo esto fue dicho por seres humanos, como yo o como usted, con su propio intelecto?

Le agradeceré si me explica este tema, ya sea por escrito o en algún artículo de su revista.

Le agradece.

Ayélet.

Guibatáyim.

Respuesta

Prefiero, Ayélet, referirme a tu pregunta en un artículo, ya que esta pregunta, que fue planteada claramente por ti, con honestidad y franqueza, preocupa a muchos que se interesan en el pensamiento del Judaísmo, y ya me preguntaron sobre el punto. Así, la relación entre la Torá Escrita y la Torá Oral es uno de los principios de la fe y de los fundamentos que obligan a todo judío; sus proyecciones son muchas no sólo dentro de pláticas y discusiones, sino también en nuestra vida cotidiana. La Torá Oral no contiene solamente dichos, frases inteligentes y visión de mundo, sino también leyes, instrucciones prácticas y detalles de las Mitzvot. Estas nos conducen en nuestra vida.

Las faltas que hay en la Torá
Comenzaremos con la siguiente pregunta: ¿Acaso necesita la Torá Escrita de un agregado que se denomina Torá Oral? ¿Qué es lo que falta en la Torá Escrita para necesitar de tales agregados? ¿Por qué quien está dispuesto a recibir la autoridad divina de la Torá entregada en Sinaí, está también obligado a aceptar los agregados orales, supuestamente más “tardíos”?

De seguro que tú sabes, Ayélet, por tu propia experiencia, que todo concepto escrito es posible explicarlo de muchas formas. La palabra escrita tiene muchas acepciones, y cada lector ve en ella algo de sus propios pensamientos, e incluso, no pocas veces, intenciones opuestas a las del redactor. Todo lo anterior se evita cuando se trata de una conferencia oral, en la cual el expositor puede explayarse, detallar y explicar, y también el oyente tiene la posibilidad de preguntarle sobre este o aquel concepto. Por cuanto que la Torá, la palabra de Dios escrita, es necesario que sea clara, comprensible y inequívoca, y que sepamos qué cumplir y de qué modo actuar, es imprescindible sostener que junto con la entrega de la Torá Escrita a Moshé, le haya explicado Dios oralmente su voluntad e intención en cada versículo. La Torá que escuchó Moshé de manera oral de parte de Dios, la transmitió a Yehoshua quien a su vez la transmitió a los ancianos y así hasta nuestros días.

No obstante, ¿Por qué estas explicaciones y detalles debieron transmitirse oralmente? ¿Por qué no se escribieron también ellos? La respuesta es simple, ya que si se hubieran escrito, hubieran necesitado también éstos de explicaciones agregadas, explicación de la explicación,  ya que como dijimos cada concepto escrito es multívoco y sujeto a interpretación. Esto es lo que sucedió con la Torá Oral. Un resumen de la misma fue escrito cierta vez, se denomina Mishná, pero como fue escrito, necesitó nuevamente de explicación. Muchas investigaciones rodearon la explicación del texto resumido de la Mishná y su intención específica, esto se denomina Guemará. Una vez escrita la Guemará, aumentaron considerablemente las interpretaciones de sus conceptos, estos son los libros de los Gueonim, de los Rishonim y Ajaronim hasta nuestros días.

¿En que se ocupan los jueces y abogados en un tribunal, simplemente la ley ya está escrita y estructurada por expertos juristas? Ciertamente, también una ley escrita está sujeta a interpretación; cada abogado inclina la interpretación de una ley según sus propias necesidades. Así también las Halajot y la Torá Oral, fueron decididas y escritas en el “Shulján Aruj”; no obstante, muchos conceptos (que ocupan la mayoría de cada página) fueron impresos al rededor de la Halajá, estos son sus explicaciones y detalles.

 Se desprende que no hay un estatus completo para la Torá Escrita sin la Torá Oral que fue entregada con ella. Aquella misma fuente que entregó la Torá Escrita, explicó sus conceptos oralmente. (Cf. “Séfer HaIkarim” de R. Yosef Albo, sección 3ra., cap. 23)

 Según la costumbre de los religiosos, como dijiste, voy a citar un dicho de los sabios, agregado al argumento anterior. En la Torá (VaYikrá 27:46) se declara: “Estos son los decretos, los juicios y las Torot (plural de Torá) que entregó Dios en el monte Sinaí, por medio de Moshé” Esta alusión a las Torot enseña que dos conjuntos de leyes fueron entregadas a Israel, uno oral y otro escrito. (Cf. Sifrí, Sección BeJukotay 27).

La Torá dificultades de comprensión.
Nos referimos a la pregunta si ciertamente necesita la Torá Escrita de un agregado oral. Ahora trataremos de responder a nuestra segunda pregunta: ¿qué es lo que falta dentro de los textos escritos si prescindimos de agregados orales y explicaciones? Tú has declarado que la Torá Escrita estás dispuesta a aceptar. Supongamos que la aceptas también como un factor obligatorio en la práctica, y tienes además la voluntad de cumplir lo que está escrito en ella, lo que Dios ordenó. Por otro lado, no estás dispuesta a aceptar lo que dispusieron los sabios durante generaciones, argumentando que no son conceptos divinos obligatorios.

 A modo de ejemplo, sobre el mandamiento de Shabat se declara: “No harás ningún trabajo”, no obstante no está definido explícitamente qué es “trabajo” o qué es “esfuerzo” o “labor” o “molestia” o “actividad”. Cabe preguntar ¿Qué es lo que me fue prohibido? ¿Cómo cumpliré lo que Dios ordenó en la Torá que he aceptado? Además, ¿Acaso es justo de parte del Creador prohibirme algo, castigarme si transgredo sus mandamientos, sin informarme claramente qué es lo prohibido?

 En otros lugares de la Torá Escrita fueron detalladas tres actividades prohibidas en Shabat, “arar, cosechar, traspasar fuego”. Si todos los trabajos fueron prohibidos ¿Cuál es la razón de detallar tres de ellos? Y si solamente estas tres actividades fueron prohibidas, ¿Cuál es la razón de declarar que todo trabajo está prohibido? La Torá permitió en forma explícita ciertas actividades necesarias para la preparación de alimentos en Yom Tob (día festivo), contrario a lo dicho en Shabat. Por lo tanto entiendo que estas actividades también están prohibidas en Shabat… La confusión resulta ser enorme.

 No obstante si coincidimos que junto con la escritura del mandamiento “no harás ningún trabajo”, fue entregado a Moshé, por Dios, en forma oral  la definición del concepto de “trabajo” o el detalle de las actividades que se incluyen en este concepto, ciertamente comprenderemos qué y cómo actuar. En el libro BeMidbar (15:32-34) se relata que en uno de los Shabatot salieron unas personas a pasear en el desierto y vieron un hombre que recogía leños en Shabat, los juntaba y los engavillaba. Inmediatamente lo detuvieron y lo encarcelaron, “porque no era claro que se le haría”.  Es decir no sabían que pena aplicarle con qué pena capital se castiga al profanador de Shabat. En esta situación les comunicó HaShem que su castigo era la muerte por lapidación. Cabe por lo tanto preguntar, ¿Por que lo apresaron, de dónde sabían que recoger leños es un “trabajo” prohibido en Shabat, por qué no lo dejaron libre, por qué debieron únicamente aclarar qué castigo aplicar y no averiguar si esta actividad misma estaba prohibida en Shabat? ¿Acaso no es esto una prueba que la definición de “trabajo” la habían recibido oralmente y todo Israel la conocía?

 HaShem ordenó en la Torá: “que no salga nadie de su lugar durante el día de Shabat”, tanto yo como tú estamos dispuestos a cumplir meticulosamente esta prescripción. No obstante ¿qué significa “lugar”, cuál es su definición? ¿Acaso el sitio preciso donde estuvimos minutos antes de que entrara Shabat, o tal vez todo el cuarto, o la casa, o el patio, la calle, la ciudad…? Si está prohibido salir de un cuarto por ejemplo, no sería posible caminar en Shabat al Beit HaKenéset, etc. ¿Quién podrá por lo tanto definir el concepto de “lugar”? ¿La definición de quién nos obligará? Quizás, a pesar de todo, HaShem nos entregó una definición apropiada a su voluntad cuando nos informó su voluntad sobre el tema.

 Estos son solo ejemplos, dos entre muchos, de la existencia en la Torá Escrita de conceptos que necesitan de definiciones, lo que falta en ella, para ésto debemos recurrir a la Torá Oral.

 En el libro Shemot (12:15) se declara: “Durante siete días comerás Matzot (panes ázimos)” y en Debarim (16:8) se declara por otra parte “Seis días comerás Matzot”. Estos versículos que se contradicen uno a otro se encuentran en la Torá, y ellos me informan lo que debo hacer. ¿Cómo he de cumplir el mandamiento de la Torá, sin una aclaración divina de Aquel que entregó la Torá? Ciertamente los versículos que requieren explicación son otro tipo comprobación obligada de que es necesario, dentro de la Torá Escrita, tener a la Torá Oral a su lado.

 El relato de la construcción del Tabernáculo y su estructura, la inauguración del altar, el censo al pueblo judío y otros temas están detallados en la Escritura. No obstante, aparecen leyes redactadas escuetamente, hasta que incluso del lenguaje de los versículos es imposible entender cual es, por ejemplo,  la diferencia entre una mujer que tiene hemorragia vaginal (Zabá) y una mujer que está en estado de separación (Nidá). Todo el tema complejo del embolísmico (hacer coincidir el año lunar, según el cual contamos, con el año solar) y todos sus intrincados cálculos, fue mencionado sólo con las palabras “Cuidarás el mes de Aviv”, es decir tratar de hacer todo lo posible para que el mes en el cual recae Pésaj se celebre durante la primavera. “En cabañas deberás sentarte siete días” No obstante, ¿Qué es una cabaña, cómo se la construye, de qué materiales estarán hechos sus paredes y techo? ¿Qué significa “sentarse”, se refiere precisamente a esta acción o tal vez sea necesario vivir, incluyendo dormir…? De tal modo, incluso las leyes cuyos detalles no fueron mencionados nos conducen a la certeza de la Torá Oral, en ella se detallan y explican todas las reglas que se nos pide cumplir; sobre el cumplimiento de ellas recibiremos recompensa y sobre su violación, castigo. Cuando las cumplimos realizamos la voluntad de Dios, justificamos el haber sido creados y nuestro mantenimiento en el mundo, realizamos además nuestro objetivo y de tal modo ameritamos recibir el mundo por venir.

 La Mishná constituye una resumen de la Torá Oral y fue redactada bastante tiempo después, en ella se reunieron todos los detalles de las reglas transmitidas oralmente, como extensiones de las reglas generales aparecidas en la Torá. Así, por ejemplo, con respecto a la Suká (cabaña) menciona y describe la Mishná lo que está obtuso en la Torá: definición de cabaña, materiales de construcción, el techo, las medidas mínimas  y máximas, las personas obligadas a sentarse en ella y los que están exentos, las reglas relativas a los enfermos, actividades realizadas dentro de la respectiva cabaña, etc.

 Si quieres, Ayélet, busca en todas los órdenes de la Mishná la forma y los detalles para realizar el mandamiento de los hilos trenzados (Tzitziyot) (además cabe preguntar cuál es la definición de este término, tal repuesta la encontramos en la Torá Oral, del mismo modo que la explicación del concepto  “Te harás flecos sobre los cuatro bordes de tu vestidura”). El mandamiento de los Tefilín (Serán como señales entre tus ojos, concepto que requiere definición). El mandamiento de la Mezuzá. Profundiza si encuentras en la Mishná algún detalle de los textos que conforman la oración o sobre lo que hace y dice el oficiante en el Beit HaKenéset, ciertamente no encontrarás nada. ¿Acaso la Torá Oral no se refirió a los Tzitzit, a los Tefilín, a la oración o a la Mezuzá? No obstante, también sobre esto hay tradición oral, sin embargo como son actividades cotidianas y sabidas no hubo necesidad de escribirlas. Me parece además que esto podría ser una explicación correcta para otro fenómeno que aparece en la Torá:

 La Torá es muy estricta en la medida de fidelidad entre un hombre y su esposa y en la prohibición de la traición conyugal. Por lo tanto, las actividades que permiten a una mujer casada divorciarse de su esposo están muy detalladas y especificadas dentro de la Torá; de manera tal que se permita a una divorciada casarse nuevamente. El procedimiento aceptado hoy en día, como es sabido, es muy estricto con respecto a la realización del divorcio y a la escritura del documento que lo comprueba (Guet). Es curioso, no obstante, que en la Torá este tema ni siquiera es mencionado resumidamente, sino en forma casual como secundario a otro tema. Se declara que una persona que se casó con una mujer que ahora desea divorciar “le escribirá un documento de separación y se lo entregará en su mano” y ella podrá, después de divorciada, casarse nuevamente; no pudiendo volver al primer marido si se casa (y divorcia) después de haberse separado de él (Debarim 24:1). Así, como un detalle más del procedimiento de re-casarse con su divorciada escuchamos algo sobre el cómo se ha de efectuar el divorcio.

 Como un concepto agregado a las normas de la manumisión de un esclavo hebreo después de seis años, aprendemos que una persona puede venderse a sí mismo como esclavo (y no sólo el tribunal como ya había sido mencionado explícitamente). Como todas las demás pruebas anteriores, es posible también aquí agregar otros ejemplos, sin embargo debemos resumir nuestras palabras “escritas”, por tratarse de un periódico.

 ¿Acaso no era claro que existía una Torá Oral entregada por Dios, que por ella todos sabían como actuar? Por lo tanto, no es necesario escribir esto en la Torá. Este es el tipo de comprobaciones número cuatro: versículos cuyo fundamento es el conocimiento de leyes transmitidas oralmente.

 Mi voluntad es cumplir lo dicho por Dios en la Torá Escrita, sin embargo qué he de hacer cuando me tropiezo con un versículo que se refiere a un amo que casó a su esclava hebrea con su hijo y tal versículo concluye: “como es el procedimiento con las mujeres se hará con ella” (Shemot 21:9), ¿Cuál es el procedimiento de las mujeres?. Del mismo modo la Torá castiga al que viola a una muchacha “se pesará dinero como es la dote de las vírgenes” (Ibíd. 22:16) ¿Cuál es la dote de las vírgenes? Si quieres comer carne, dice la Torá, “podrás matar de tus reses o de tu rebaño”, ¿Qué significa matar, acaso es ahorcar, degollar estrangular? Hay muchas reglas en la Torá que distinguen entre “comprometida” y “casada”, ¿Qué significa “comprometida” y qué significa “casada”?

 Durante la fiesta de Sukot debemos tomar: el fruto de un árbol hermoso, hojas de palma, ramas de árbol frondoso y sauces del río. Se reunen en el Beit HaKenéset muchas personas que desean cumplir lo dicho por Dios, uno trae naranja (cítrico, como definición probable del hebreo “árbol hermoso”), su amigo trae pomelo, otros llegan con mandarinas y un último, queriendo sobresalir, trae consigo un cidro (etrog). ¿Acaso todos están cumpliendo lo dicho por Dios, o tal vez cuando fue dictada la Torá, junto a las palabras “árbol hermoso”, se transmitió su definición exacta, la cual se conservó hasta nuestros días? De tal modo, hoy como ayer, sabemos que debemos traer un cidro. Por lo términos “hojas de palma” hubiera entendido que se refiere a la rama dorada de la cual se bifurcan ramas más pequeñas sobre las cuales penden los dátiles, ésto se ve como un brazo, una palma de mano con dedos. Tú tal vez hubieras entendido una rama de palmera que de su espina salen muchas hojas. No obstante, Dios dictaminó “hojas de palma” y oralmente nos informó que se refiere al Lulab, la rama de la palmera cuando está cerrada. Ramas de un árbol frondoso se refieren precisamente al mirto y no al olivo cuyas hojas son muy frondosas en cada rama, y no otro árbol cualquiera.

 “Este mes será para ustedes el primero de los meses”, el mes egipcio que Israel estuvo acostumbrado a contar, o tal vez se refiera al mes lunar o al solar. (Muchos ejemplos más se encuentran en el libro “Kuzarí” de R. Yehudá HaLeví Sección 3, inciso 35. En R. Nisim en su introducción a libro “Maftéaj”, En Midrash Rabá VaYikrá 30, 15. En Ibn Ezrá a Shemot 12:2. Y en el libro Moré Nebujim 1,71)

La Torá se apolla en los sabios de Israel
III La Torá se apoya en los Sabios de Israel.

 Tendrás, Ayélet, razón si preguntas según lo mencionado anteriormente, ¿Cómo se explica que no haya en la Torá Escrita ninguna mención, e incluso ninguna alusión, sobre la existencia de la Torá Oral, o sobre la autorización dada a los sabios de generaciones posteriores a detallar y comentar lo contradictorio y lo implícito que hay en la Escritura? Si bien todos los ejemplos traídos anteriormente comprueban la existencia de una tradición oral, ¿Acaso la propia Torá lo hubiera expresado explícitamente?

 Me parece que que según lo que hemos expresado hasta ahora la respuesta es simple. Si ya hemos aclarado que la información contenida en los versículos de la Torá no es suficiente (ya sea por la falta de una definición apropiada, o por una carencia de los detalles específicos, como ya dijimos), entonces es claro también para HaShem que en el futuro, después de la entrega de la Torá, se despertarían dudas y conflictos. ¿Cómo no nos informó la Torá lo que hacer en una situación tal? No obstante, es por eso precisamente que la Torá describe lo anterior en el siguiente versículo: “Cuando alguna cosa te sea difícil en el juicio… entre una clase de derecho legal y otra… y vendrás… al juez que hubiere en aquellos días… Y harás según la sentencia que te indiquen… no te apartarás ni a diestra ni a siniestra de la sentencia que te dicten”. (Debarim 17:8-11). Dios ordenó en la Torá Escrita escuchar la sentencia del Tribunal Supremo en cualquier tema controversial. Su sentencia, cuya vigencia le proviene de la Torá, ha sido incorporado como parte de la Torá Oral. Ciertamente entonces, la Torá Escrita nos remite explícitamente, para entender sus temas, a la Torá Oral.

 En la Torá Escrita se relata que el tiempo de la presentación de la ofrenda del ?mer (medida de cebada, aprox. 3 L.) es durante la fiesta de Pésaj: “Al día siguiente de Shabat” (VaYikrá 23:1) La Torá Oral nos explica que en este caso Shabat se refiere al primer día de la fiesta de Pésaj, sea cual fuere el día de la semana en que recaiga. Los seduceos, quienes renegaron de la Torá Oral, argumentaron que la intención de la Torá era realmente Shabat, es decir el lunes siguiente al Shabat dentro de la semana de Pésaj. ¿Acaso su argumento no es lógico, cercana y concordante con el sentido simple de las palabras? No obstante, está escrito en Yehoshua (5:11) sobre el Pésaj primero que celebraron cuando ingresó el pueblo a la Tierra de Israel: “Comieron después de haber ingresado a la Tierra, al día siguiente de Pésaj, panes ázimos y granos tostados precisamente ese mismo día?” Lo anterior recuerda un tanto el estilo de la Torá misma: “y pan  y granos tostados y espigas no comerán precisamente hasta este mismo día”. Y así, Israel tenía una tradición, después de la entrega de la Torá, tradición oral en la cual se transmitió que “al otro día de Shabat” se refería al “día siguiente a Pésaj” y así celebraron en la primera oportunidad, en tiempos de Yehoshua.

 En Debarim (16:2) se declara: “presentarás como ofrenda de Pésaj delante de HaShem tu Dios rebaño y reses”. Ciertamente se entiende que debemos traer dos tipos de sacrificios en Pésaj, uno de rebaño y otro de reses, o tal vez solo uno ya sea de rebaño o ya sea de reses a nuestra elección. En Dibrey HaYamim (35:7-9) en la descripción del Pésaj que se realizó en tiempos del rey Yoshiahu se menciona que el sacrificio de Pésaj se realiza solo con rebaño, o cabras  u ovejas, en cambio las reses son para la ofrenda denominada Jaguigá, lo que comprueba nuevamente que tenían una tradición oral que explicaba los versículos de la Torá.

 En Debarim (16:7) se declara que el sacrificio de Pésaj deberá ser “cocinado y comido”. Es sabido que cocinar (el término en hebreo) indica hacerlo con agua, en cambio asar se refiere al fuego sin agua. A pesar de esto en la descripción del Pésaj de Yoshiahu en Dibrey HaYamim se declara: “cocinaron el Pésaj al fuego como es su reglamento”, por lo tanto el Pésaj siempre fue hecho asado, porque les aclaró Dios en la Torá Oral que cuando esté escrito “cocinar” se refiere a asar, en cambio cuando está escrito “cocinado en agua” (cf. Shemot 12:9, por ejemplo) se refiere a cocinar simplemente.

 Tenemos pues versículos obtusos y equívocos en la Torá, que en el resto de los libros del Tanaj se aclaran completamente, incluso según sus disposiciones legales en la práctica, ya que estos temas recibieron su explicación en Sinaí. Si bien los críticos bíblicos rechazan estas pruebas, ya que no aceptan el orden cronológico de estos libros. Ellos suponen que la escritura de Yehoshua, por ejemplo, fue anterior a la escritura de las secciones que tratan del ?mer en la Torá… Sin embargo, ¿Qué diría, Ayélet, tu lógica que un escritor posterior presentara una palabra obtusa en lugar de una palabra clara que fue escrita con anterioridad, o lo contrario que un escritor posterior explique un vocablo anterior?

 “¿Qué significa lo que se declara: “Te entregaré las tablas de piedras, la Torá, los mandamientos que he escrito para que los enseñes” (qué indica esa diversidad de conceptos que nos entregó)? Las tablas: se refiere a los diez mandamientos. La Torá: se refiere al texto escrito. Los mandamientos: se refiere a la Mishná. Que he escrito: se refiere a los demás textos del Tanaj. Para que los enseñes: se refiere a la Guemará. Se entiende que todos fueron dados a Moshé en el Sinaí” (Berajot 5a)

 Es apropiado que concluyamos este capítulo con las palabras de Rabí Yehudá HaLeví traídas en Kuzarí: “El sentido simple de la Torá no es evidente, cuanto más su sentido complejo; ya que solo se apoyaban (para clarificarla) en la Torá Oral”

La Torá oral y sus diversas fuentes

 Explicamos, a pedido de Ayélet, la obligatoriedad de la entrega de la Torá Oral junto con la entrega de la Torá Escrita. Probamos que es imposible cumplir los mandamientos mencionados en la Torá sin las explicaciones adicionales que fueron, también ellas, transmitidas por HaShem a Moshé. De tal modo, la Mishná comienza el tratado Abot “Moshé recibió la Torá de Sinaí, y se la transmitió a Yehoshua y Yehoshua a los ancianos” y así de generación en generación, tales conceptos se refieren a la transmición de la información oral ya que la información escrita fue entregada a los Kohanim en un libro, el cual fue puesto junto al Arca, en el Tabernáculo.

Ahora queremos definir qué es lo que contiene y de qué lementos está compuesta la Torá Oral que Moshé recibió y transmitió. Además, cabe preguntar si toda la Torá Oral que se encuentra hoy en nuestras manos (Mishná, Guemará y Midrashim) fue entregada en directamente Sinaí, o tal vez hay partes de ella que fueron añadidos más tarde durante el transcurso de los años.

 En primer lugar debemos fijar que existen cinco fuentes, cinco “manatiales” de donde fluye la Torá Oral, en ellos recibió su identidad tal como la conocemos hoy en día. Vamos a revisarlos uno por uno:

El manantial divino

 Del versículo “Estos son los estatutos y los juicios y las leyes (Torot) que entregó HaShem a los Hijos de Israel en el monte Sinaí, por medio de Moshé” (VaYikrá 27:46), estudiaron los sabios: “y las leyes… nos enseña (el término en plural) que dos leyes (Torot) fueron dadas a Israel, una escrita y otra oral… que fue entregada la Torá con sus reglas, sus deducciones y sus comentarios por medio de Moshé en Sinaí” (Sifrá, BeJukotay 8:13). Por ende cabe expresar: Moshé recibió en Sinaí y nos transmitió la Torá con sus reglas, sus deducciones y comentarios.

Las reglas

 Las reglas, con este término definimos el concepto de “Halajá dada a Moshé en Sinaí”. Estas reglas no tienen por objetivo explicar los versículos mismos, sino agregar o explayar los mandamientos y las prohibiciones de la Torá. Nos está prohibido, por ejemplo, comer en Yom Kipur, comer sangre, cebos, etc. ¿Cuál es por ende la definición de “comer”, cuál es el mínimo indispensable para que se denomine comida prohibida, cuál es su medida? ¿Cuál es, por ejemplo, la cantidad de agua que purifica en una Mikvé (baño ritual); cuáles son los elementos que se consideran interrupción entre el cuerpo que se sumerge y entre el agua? ¿Cuál es por ejemplo, la definición de “dominio privado” y “dominio público”, qué tipo de separaciones forman los dominios antes mencionados?

 En resumen, “las medidas (cantidades mínimas), los tipos de separación y los elementos que interrumpen, todos estos conceptos son Halajá dada a Moshé en Sinaí” (Erubín 4:1).

 Por consiguiente, la definición de la palabra “frontales” corresponderá a los comentarios, en cambio la necesidad de hacerlos cuadrados y de pintarlos de negro y de cocerlos con tendones, todas estas reglas no pertenecen a la definición de un término sino a su Halajá: detalle de la realización de un mandamiento. Dentro del marco de estas reglas se encuentran también especificaciones diversas que los propios versículos mencionan que HaShem le dio a Moshé, por ejemplo “matarás un aminal como Yo te he ordenado…” Esto no es definición de términos, sino detalle y especificación sobre la realización de tal actividad.

Las deducciones

 Se refieren a un sistema de instrumentos o métodos, a través de los cuales se extraen de la Torá Escrita soluciones a problemas actuales. El postulado consiste en que la Torá de Israel es una entidad viviente; a ella le corresponde acompañar al pueblo a través de las generaciones y por medio de ella enfrentar las situaciones y las problemáticas que se le presenten al pueblo. Por lo tanto, era necesario transmitir por medio de Moshé una serie de métodos o instrumentos que concreten este objetivo, estos métodos se denominan “las trece normas a través de las cuales la Torá se estudia”; estas normas sirven de ayuda al poder legislativo, es decir a los sabios, crear, según el marco específico de estas normas, nuevas leyes que sirvan a las necesidades del momento. Así nosotros conocemos el argumento a fortiori (Kal Va-Jómer), el cual consiste en un argumento lógico encontrado ya en la Torá: “Si el dinero que encontramos en nuestros costales te lo hemos traído desde la tierra de Kenaán (Kal Va-Jómer), ¿cómo habíamos de robar algo de la casa de nuestro señor?” El principio lógico fija que si en un caso dado, la ley que se aplica es estricta, en un caso de mucha mayor gravedad se ha de aplicar esta ley estricta, a pesar que esta misma ley no aparece en la Torá aplicada al caso de mayor gravedad. Del mismo modo otros métodos de argumentación lógica como la analogía (Guezará Shavá), la generalización (Binián Ab), el argumento general-particular (Klal UFrat), y otros.

 Todos estos tres conceptos fueron transmitidos a Moshé y formaron una policromía amplia de leyes diferentes: este es sin dudas el primer componente, específicamente original, de la Torá Oral.

 El contenido del resto de los componentes de la Torá Oral, de aquí en adelante, no fueron entregados según la mayoría de los comentaristas a Moshé en Sinaí, sino que tienen su punto de partida en las enseñanzas de los sabios de todas las generaciones. La fuente que garantiza la autoridad y validez de tales enseñanzas, que incluyen los comentarios diversos, la legislación para diverso casos, etc. es el versículo que reza: “Cuando tengas que dilucidar un asunto legal… vendrás… donde el legislador que haya en aquellos días; entonces consultarás y ellos te informarán el asunto legal. Actuarás según el dictamen que te hayan informado… y te cuidarás de respetar todo lo que se te informe. Según el dictamen expresado y según la ley fijada, actuarás, no podrás desviarte del dictamen fijado no a la derecha y no a la izquierda” (Debarim 17:8-11). Ciertamente el propio dador de la Torá nos transmitió que en todo tipo de problemática que se presente, debemos consultar a los maestros de la Torá que tengamos en cada generación, HaShem es quien da la autoridad y validez a las actividades legislativas.

 Al parecer estos versículos repiten conceptos, no obstante más adelante veremos y comprobaremos cuál es el sentido y significado de cada una de las partes de ellos. De todos modos se nos ha transmitido aquí, que la Torá, cuya realización no se eleva a dimensiones siderales, fue encomendada a los sabios de Israel en quienes radica, como en todo poder legislativo, la autoridad de explicarla y detallarla según su propio entendimiento, según la tradición recibida y según los criterios aceptados y la decisión de la mayoría.

Los comentarios

 Los comentarios tienen como función explicar aquellos versículos y términos que no están suficientemente claros en la Torá Escrita, como por ejemplo: “y tomarán ustedes un fruto de un árbol hermoso”; ¿qué significa “hermoso”? “Y serán como frontales entre tus ojos” ¿qué son realmente frontales? “Un día de resonancia” ¿a qué tipo de resonancia se refiere y como se realiza? “Le escribirá un texto de rompimiento” ¿qué significa este texto y qué conceptos contiene? “Cuidarán el mes de la primavera” ¿en qué forma se lleva a la práctica este cuidar? Y así muchísimos ejemplos.

 Junto a las explicaciones de este tipo, le fue entregado a Moshé un corpus de aclaraciones que conllevan la modificación literal de versículos, aunque por otro lado concuerdan más con el sentido de los mismos. “No serán muertos los padres por los hijos” cuyo sentido se refiere a que no se puede juzgar a pena de muerte a un padre basandose en el testimonio de sus hijos. Estas aclaraciones son explicaciones orales de los versículos de la Torá, las cuales Aquel que entregó la Torá nos enseñó para el estudio de sus contenidos.

Nota del traductor
(N. del T. Fiel a las enseñanzas de Marán HaRab Kuk, el rabino Hes ?”? intentó difundir la tradición de nuestra nación de manera innovadora, a través de artículos en periódicos y revistas, junto con publicaciones y una intensa labor educativa; el libro Emunot recoge artículo variados sobre estos temas tratando de hacerlos llegar al público contemporáneo)