La tradicion oral
El rabino Hes en su libro Emunot, intento contestar a través de dialogos con sus distintos alumnos a las preguntas claves sobre la tradición oral, en esta sección te ofrecemos profundizar sobre el tema
Introducción
al libro Emunot del rabino Israel Hes z"l.
Los
cuatros items, que son fundamentales para la educación
de la generación
que se alejó
de la Torá
y su particularidad, es necesario retomarlos e intentar llegar a través
de ellos a la fuente primera, y ellos son:
1.
La valorización
que se merece la religión.
2.
El cariño
hacia los conceptos religiosos.
3.
El conocimiento de los conceptos inspirados por la Torá.
4.
El cumplimiento de los preceptos entregados por HaShem.
No existe una sola persona dentro de la nación de Israel que pueda desentenderse de todo lo que se refiera a la fe de nuestro pueblo, a pesar que esté imbuido de ideas extrañas y peregrinas, no obstante como hijo de este pueblo debe al menos respetarla ya que el reconocimiento general, en el cual está inmersa también su valorización junto con la individualidad de cada judío, es un tesoro oculto dentro de ella.
Después
que la aceptación
de esta valorización
se realice, será
necesario desarrollar sentimientos cálidos
hacia la Torá,
lo cual será
imposible si primero no hay en ella la valorización
mencionada. Y luego que el respeto y el cariño
se presenten, entonces llegará
el momento de ocuparse en conocer el universo de sus conceptos; lo cual no podrá
traer el éxito
esperado si el respeto y el cariño
hacia la Torá
no se actualizó
(puso en acto). Sólo
después
de este conocimiento, paso posterior a los primeros mencionados, podemos
pretender el cumplimiento de sus preceptos, dentro del ambiente de retorno que
incluya a todos nuestros hermanos, tanto los que están
lejos como los que están
cerca, retorno a nuestra fortaleza y refugio... en esto se encuentra la llave
que nos abrirá
la "Gueulá".
Feliz
aquel que intente tomar parte en la difusión
de estos items, temas del retorno, que HaShem se manifieste en él...
R.
Abraham Kuk. Las luces del retorno. (Orot HaTshubá)
pag. 139.
(N.
del T. Fiel a las enseñanzas
de Marán
HaRab Kuk, el rabino Hes ז"ל
intentó
difundir la tradición
de nuestra nación
de manera innovadora, a través
de artículos
en periódicos
y revistas, junto con publicaciones y una intensa labor educativa; el libro
Emunot recoge artículo
variados sobre estos temas tratando de hacerlos llegar al público
contemporáneo)
Coordinador de
"Emunot".
No
estoy segura que usted, y en realidad la mayoría
de las personas religiosas, están
conscientes de lo que yo, y muchos como yo, percibimos cuando platicamos o
discutimos con un religioso. Casi en cualquier tema que se refiera a la concepción
de mundo, o a la realidad actual, o incluso a algún
versículo del Tanaj; yo
escucho, cuando más, una
explicación que trata de ser lógica,
que trata de probarme de aclarar algo o de convenserme. Pero siempre, en algún
momento, aparece una cita de algún
dicho o pensamiento inteligente extraído
de las fuentes, que sobre el se construye y apoya toda la explicación...
Para una persona religiosa es suficiente que "los sabios dijeron" y
esto es el comentario autorizado de cualquier versículo
del Tanaj.
Como
ya dije, no estoy segura realmente que ustedes se dan cuenta de ésto,
simplemente para un religioso esto es suficiente, siendo claro y natural. Pero
para nosotros - No. Yo conozco muchos laicos, me parece que todos creen que la
Torá nos fue entregada por
Dios en el monte Sinaí (no es
relevante para mi tema aquí
que ella nos obligue, o que sea apropiada para el siglo veinte, o que yo no
cumpla lo que está escrita en
ella, o que haya sido dada por Dios). No obstante, todo lo que viene después,
la Mishná, la Guemará
y las Agadot y todos los dichos de los Sabios (yo no soy tan culpable que no
puede detallar todas estas fuentes por sus nombres); esto no está
conectado con la Torá, esto no
fue dado por Dios, esto es algo completamente separado, y por ende no
obligatorio. Ciertamente, tienen, a veces, ideas interesantes, muy inteligentes,
sabiduría de vida y visión
de mundo. No obstante, esto es una idea posible entre otras tantas ideas. Son
solo palabras de seres humanos. No es divino, absoluto, autoritativo, celestial;
¿cómo es posible considerar
todo ésto y a la Torá
como una unidad y citar de aquí
y de allí por igual?
¿Qué relación
hay entre la Torá Escrita y la
Torá Oral? (Ahora recordé
los términos correctos) ¿Acaso
ustedes creen que lo que viene después
de la Torá, tiene su fuente
también en Dios? ¿Acaso no
coincidirá conmigo que todo
esto fue dicho por seres humanos, como yo o como usted, con su propio intelecto?
Le
agradeceré si me explica este
tema, ya sea por escrito o en algún
artículo de su revista.
Le
agradece.
Ayélet.
Guibatáyim.
Respuesta
Prefiero,
Ayélet, referirme a tu
pregunta en un artículo, ya
que esta pregunta, que fue planteada claramente por ti, con honestidad y
franqueza, preocupa a muchos que se interesan en el pensamiento del Judaísmo,
y ya me preguntaron sobre el punto. Así,
la relación entre la Torá
Escrita y la Torá Oral es uno
de los principios de la fe y de los fundamentos que obligan a todo judío;
sus proyecciones son muchas no sólo
dentro de pláticas y
discusiones, sino también en
nuestra vida cotidiana. La Torá
Oral no contiene solamente dichos, frases inteligentes y visión
de mundo, sino también leyes,
instrucciones prácticas y
detalles de las Mitzvot. Estas nos conducen en nuestra vida.
I
Las "Faltas" que hay en la Torá:
Comenzaremos
con la siguiente pregunta: ¿Acaso necesita la Torá
Escrita de un agregado que se denomina Torá
Oral? ¿Qué es lo que falta en
la Torá Escrita para necesitar
de tales agregados? ¿Por qué
quien está dispuesto a recibir
la autoridad divina de la Torá
entregada en Sinaí, está
también obligado a aceptar los
agregados orales, supuestamente más
"tardíos"?
De
seguro que tú sabes, Ayélet,
por tu propia experiencia, que todo concepto escrito es posible explicarlo de muchas formas. La
palabra escrita tiene muchas acepciones, y cada lector ve en ella algo de sus
propios pensamientos, e incluso, no pocas veces, intenciones opuestas a las del
redactor. Todo lo anterior se evita cuando se trata de una conferencia oral, en
la cual el expositor puede explayarse, detallar y explicar, y también
el oyente tiene la posibilidad de preguntarle sobre este o aquel concepto. Por
cuanto que la Torá, la palabra
de Dios escrita, es necesario que sea clara, comprensible y inequívoca,
y que sepamos qué cumplir y de
qué modo actuar, es
imprescindible sostener que junto con la entrega de la Torá
Escrita a Moshé, le haya
explicado Dios oralmente su voluntad e intención
en cada versículo. La Torá
que escuchó Moshé
de manera oral de parte de Dios, la transmitió
a Yehoshua quien a su vez la transmitió
a los ancianos y así hasta
nuestros días.
No
obstante, ¿Por qué estas
explicaciones y detalles debieron transmitirse oralmente? ¿Por qué
no se escribieron también
ellos? La respuesta es simple, ya que si se hubieran escrito, hubieran
necesitado también éstos
de explicaciones agregadas, explicación
de la explicación,
ya que como dijimos cada concepto escrito es multívoco
y sujeto a interpretación.
Esto es lo que sucedió con la
Torá Oral. Un resumen de la
misma fue escrito cierta vez, se denomina Mishná,
pero como fue escrito, necesitó
nuevamente de explicación.
Muchas investigaciones rodearon la explicación
del texto resumido de la Mishná
y su intención específica,
esto se denomina Guemará. Una
vez escrita la Guemará,
aumentaron considerablemente las interpretaciones de sus conceptos, estos son
los libros de los Gueonim, de los Rishonim y Ajaronim hasta nuestros días.
¿En
que se ocupan los jueces y abogados en un tribunal, simplemente la ley ya está
escrita y estructurada por expertos juristas? Ciertamente, también
una ley escrita está sujeta a
interpretación; cada abogado
inclina la interpretación de
una ley según sus propias
necesidades. Así también
las Halajot y la Torá Oral,
fueron decididas y escritas en el "Shulján
Aruj"; no obstante, muchos conceptos (que ocupan la mayoría
de cada página) fueron
impresos al rededor de la Halajá,
estos son sus explicaciones y detalles.
Se
desprende que no hay un estatus completo para la Torá
Escrita sin la Torá Oral que
fue entregada con ella. Aquella misma fuente que entregó
la Torá Escrita, explicó
sus conceptos oralmente. (Cf. "Séfer
HaIkarim" de R. Yosef Albo, sección
3ra., cap. 23)
Según
la costumbre de los religiosos, como dijiste, voy a citar un dicho de los
sabios, agregado al argumento anterior. En la Torá
(VaYikrá 27:46) se declara:
"Estos son los decretos, los juicios y las Torot (plural de Torá)
que entregó Dios en el monte
Sinaí, por medio de Moshé"
Esta alusión a las Torot enseña
que dos conjuntos de leyes fueron entregadas a Israel, uno oral y otro escrito.
(Cf. Sifrí, Sección
BeJukotay 27).
II
La Torá: dificultades de comprensión.
Nos
referimos a la pregunta si ciertamente necesita la Torá
Escrita de un agregado oral. Ahora trataremos de responder a nuestra segunda
pregunta: ¿qué es lo que
falta dentro de los textos escritos si prescindimos de agregados orales y
explicaciones? Tú has
declarado que la Torá Escrita
estás dispuesta a aceptar.
Supongamos que la aceptas también
como un factor obligatorio en la práctica,
y tienes además la voluntad de
cumplir lo que está escrito en
ella, lo que Dios ordenó. Por
otro lado, no estás dispuesta
a aceptar lo que dispusieron los sabios durante generaciones, argumentando que
no son conceptos divinos obligatorios.
A
modo de ejemplo, sobre el mandamiento de Shabat se declara: "No harás
ningún trabajo", no
obstante no está definido explícitamente
qué es "trabajo" o
qué es "esfuerzo" o
"labor" o "molestia" o "actividad". Cabe preguntar
¿Qué es lo que me fue
prohibido? ¿Cómo cumpliré
lo que Dios ordenó en la Torá
que he aceptado? Además, ¿Acaso
es justo de parte del Creador prohibirme algo, castigarme si transgredo sus
mandamientos, sin informarme claramente qué
es lo prohibido?
En
otros lugares de la Torá
Escrita fueron detalladas tres actividades prohibidas en Shabat, "arar,
cosechar, traspasar fuego". Si todos los trabajos fueron prohibidos ¿Cuál
es la razón de detallar tres
de ellos? Y si solamente estas tres actividades fueron prohibidas, ¿Cuál
es la razón de declarar que
todo trabajo está prohibido?
La Torá permitió
en forma explícita ciertas
actividades necesarias para la preparación
de alimentos en Yom Tob (día
festivo), contrario a lo dicho en Shabat. Por lo tanto entiendo que estas
actividades también están
prohibidas en Shabat... La confusión
resulta ser enorme.
No
obstante si coincidimos que junto con la escritura del mandamiento "no harás
ningún trabajo", fue
entregado a Moshé, por Dios,
en forma oral la definición
del concepto de "trabajo" o el detalle de las actividades que se
incluyen en este concepto, ciertamente comprenderemos qué
y cómo actuar. En el libro
BeMidbar (15:32-34) se relata que en uno de los Shabatot salieron unas personas
a pasear en el desierto y vieron un hombre que recogía
leños en Shabat, los juntaba y
los engavillaba. Inmediatamente lo detuvieron y lo encarcelaron, "porque no
era claro que se le haría".
Es decir no sabían que
pena aplicarle con qué pena
capital se castiga al profanador de Shabat. En esta situación
les comunicó HaShem que su
castigo era la muerte por lapidación.
Cabe por lo tanto preguntar, ¿Por que lo apresaron, de dónde
sabían que recoger leños
es un "trabajo" prohibido en Shabat, por qué
no lo dejaron libre, por qué
debieron únicamente aclarar qué
castigo aplicar y no averiguar si esta actividad misma estaba prohibida en
Shabat? ¿Acaso no es esto una prueba que la definición
de "trabajo" la habían
recibido oralmente y todo Israel la conocía?
HaShem
ordenó en la Torá:
"que no salga nadie de su lugar durante el día
de Shabat", tanto yo como tú
estamos dispuestos a cumplir meticulosamente esta prescripción.
No obstante ¿qué significa
"lugar", cuál es su
definición? ¿Acaso el sitio
preciso donde estuvimos minutos antes de que entrara Shabat, o tal vez todo el
cuarto, o la casa, o el patio, la calle, la ciudad...? Si está
prohibido salir de un cuarto por ejemplo, no sería
posible caminar en Shabat al Beit HaKenéset,
etc. ¿Quién podrá
por lo tanto definir el concepto de "lugar"? ¿La definición
de quién nos obligará?
Quizás, a pesar de todo,
HaShem nos entregó una
definición apropiada a su
voluntad cuando nos informó su
voluntad sobre el tema.
Estos
son solo ejemplos, dos entre muchos, de la existencia en la Torá
Escrita de conceptos que necesitan de
definiciones, lo que falta en ella, para ésto
debemos recurrir a la Torá
Oral.
En
el libro Shemot (12:15) se declara: "Durante siete días
comerás Matzot (panes ázimos)"
y en Debarim (16:8) se declara por otra parte "Seis días
comerás Matzot". Estos
versículos que se contradicen
uno a otro se encuentran en la Torá,
y ellos me informan lo que debo hacer. ¿Cómo
he de cumplir el mandamiento de la Torá,
sin una aclaración divina de
Aquel que entregó la Torá?
Ciertamente los versículos que requieren explicación
son otro tipo comprobación
obligada de que es necesario, dentro de la Torá
Escrita, tener a la Torá Oral
a su lado.
El
relato de la construcción del
Tabernáculo y su estructura,
la inauguración del altar, el
censo al pueblo judío y otros
temas están detallados en la
Escritura. No obstante, aparecen leyes redactadas escuetamente, hasta que
incluso del lenguaje de los versículos
es imposible entender cual es, por ejemplo,
la diferencia entre una mujer que tiene hemorragia vaginal (Zabá)
y una mujer que está en estado
de separación (Nidá).
Todo el tema complejo del embolísmico
(hacer coincidir el año lunar,
según el cual contamos, con el
año solar) y todos sus
intrincados cálculos, fue
mencionado sólo con las
palabras "Cuidarás el mes
de Aviv", es decir tratar de hacer todo lo posible para que el mes en el
cual recae Pésaj se celebre
durante la primavera. "En cabañas
deberás sentarte siete días"
No obstante, ¿Qué es una cabaña,
cómo se la construye, de qué
materiales estarán hechos sus
paredes y techo? ¿Qué
significa "sentarse", se refiere precisamente a esta acción
o tal vez sea necesario vivir, incluyendo dormir...? De tal modo, incluso
las leyes cuyos detalles no fueron mencionados nos conducen a la certeza de
la Torá Oral, en ella se
detallan y explican todas las reglas que se nos pide cumplir; sobre el
cumplimiento de ellas recibiremos recompensa y sobre su violación,
castigo. Cuando las cumplimos realizamos la voluntad de Dios, justificamos el
haber sido creados y nuestro mantenimiento en el mundo, realizamos además
nuestro objetivo y de tal modo ameritamos recibir el mundo por venir.
La
Mishná constituye una resumen
de la Torá Oral y fue
redactada bastante tiempo después,
en ella se reunieron todos los detalles de las reglas transmitidas oralmente,
como extensiones de las reglas generales aparecidas en la Torá.
Así, por ejemplo, con respecto
a la Suká (cabaña)
menciona y describe la Mishná
lo que está obtuso en la Torá:
definición de cabaña,
materiales de construcción, el
techo, las medidas mínimas
y máximas, las personas
obligadas a sentarse en ella y los que están
exentos, las reglas relativas a los enfermos, actividades realizadas dentro de
la respectiva cabaña, etc.
Si
quieres, Ayélet, busca en
todas los órdenes de la Mishná
la forma y los detalles para realizar el mandamiento de los hilos trenzados
(Tzitziyot) (además cabe
preguntar cuál es la definición
de este término, tal repuesta
la encontramos en la Torá
Oral, del mismo modo que la explicación
del concepto "Te harás
flecos sobre los cuatro bordes de tu vestidura"). El mandamiento de los
Tefilín (Serán
como señales entre tus ojos,
concepto que requiere definición).
El mandamiento de la Mezuzá.
Profundiza si encuentras en la Mishná
algún detalle de los textos
que conforman la oración o
sobre lo que hace y dice el oficiante en el Beit HaKenéset,
ciertamente no encontrarás
nada. ¿Acaso la Torá Oral no
se refirió a los Tzitzit, a
los Tefilín, a la oración
o a la Mezuzá? No obstante,
también sobre esto hay tradición
oral, sin embargo como son actividades cotidianas y sabidas no hubo necesidad de
escribirlas. Me parece además
que esto podría ser una
explicación correcta para otro
fenómeno que aparece en la Torá:
La
Torá es muy estricta en la
medida de fidelidad entre un hombre y su esposa y en la prohibición
de la traición conyugal. Por
lo tanto, las actividades que permiten a una mujer casada divorciarse de su
esposo están muy detalladas y
especificadas dentro de la Torá;
de manera tal que se permita a una divorciada casarse nuevamente. El
procedimiento aceptado hoy en día,
como es sabido, es muy estricto con respecto a la realización
del divorcio y a la escritura del documento que lo comprueba (Guet). Es curioso,
no obstante, que en la Torá
este tema ni siquiera es mencionado resumidamente, sino en forma casual como
secundario a otro tema. Se declara que una persona que se casó
con una mujer que ahora desea divorciar "le escribirá
un documento de separación y
se lo entregará en su
mano" y ella podrá, después
de divorciada, casarse nuevamente; no pudiendo volver al primer marido si se
casa (y divorcia) después de
haberse separado de él
(Debarim 24:1). Así, como un
detalle más del procedimiento
de re-casarse con su divorciada escuchamos algo sobre el cómo
se ha de efectuar el divorcio.
Como
un concepto agregado a las normas de la manumisión
de un esclavo hebreo después
de seis años, aprendemos que
una persona puede venderse a sí
mismo como esclavo (y no sólo
el tribunal como ya había sido
mencionado explícitamente).
Como todas las demás pruebas
anteriores, es posible también
aquí agregar otros ejemplos,
sin embargo debemos resumir nuestras palabras "escritas", por tratarse
de un periódico.
¿Acaso
no era claro que existía una
Torá Oral entregada por Dios,
que por ella todos sabían como
actuar? Por lo tanto, no es necesario escribir esto en la Torá.
Este es el tipo de comprobaciones número
cuatro: versículos
cuyo fundamento es el conocimiento de leyes transmitidas oralmente.
Mi
voluntad es cumplir lo dicho por Dios en la Torá
Escrita, sin embargo qué he de
hacer cuando me tropiezo con un versículo
que se refiere a un amo que casó
a su esclava hebrea con su hijo y tal versículo
concluye: "como es el procedimiento con las mujeres se hará
con ella" (Shemot 21:9), ¿Cuál
es el procedimiento de las mujeres?. Del mismo modo la Torá
castiga al que viola a una muchacha "se pesará
dinero como es la dote de las vírgenes"
(Ibíd. 22:16) ¿Cuál
es la dote de las vírgenes? Si
quieres comer carne, dice la Torá,
"podrás matar de tus
reses o de tu rebaño", ¿Qué
significa matar, acaso es ahorcar, degollar estrangular? Hay muchas reglas en la
Torá que distinguen entre
"comprometida" y "casada", ¿Qué
significa "comprometida" y qué
significa "casada"?
Durante
la fiesta de Sukot debemos tomar: el fruto de un árbol
hermoso, hojas de palma, ramas de árbol
frondoso y sauces del río. Se
reunen en el Beit HaKenéset
muchas personas que desean cumplir lo dicho por Dios, uno trae naranja (cítrico,
como definición probable del
hebreo "árbol
hermoso"), su amigo trae pomelo, otros llegan con mandarinas y un último,
queriendo sobresalir, trae consigo un cidro (etrog). ¿Acaso todos están
cumpliendo lo dicho por Dios, o tal vez cuando fue dictada la Torá,
junto a las palabras "árbol
hermoso", se transmitió
su definición exacta, la cual
se conservó hasta nuestros días?
De tal modo, hoy como ayer, sabemos que debemos traer un cidro. Por lo términos
"hojas de palma" hubiera entendido que se refiere a la rama dorada de
la cual se bifurcan ramas más
pequeñas sobre las cuales
penden los dátiles, ésto
se ve como un brazo, una palma de mano con dedos. Tú
tal vez hubieras entendido una rama de palmera que de su espina salen muchas
hojas. No obstante, Dios dictaminó
"hojas de palma" y oralmente nos informó
que se refiere al Lulab, la rama de la palmera cuando está
cerrada. Ramas de un árbol
frondoso se refieren precisamente al mirto y no al olivo cuyas hojas son muy
frondosas en cada rama, y no otro árbol
cualquiera.
"Este
mes será para ustedes el
primero de los meses", el mes egipcio que Israel estuvo acostumbrado a
contar, o tal vez se refiera al mes lunar o al solar. (Muchos ejemplos más
se encuentran en el libro "Kuzarí"
de R. Yehudá HaLeví
Sección 3, inciso 35. En R.
Nisim en su introducción a
libro "Maftéaj", En
Midrash Rabá VaYikrá
30, 15. En Ibn Ezrá a Shemot
12:2. Y en el libro Moré
Nebujim 1,71)
III
La Torá se apoya en los Sabios de Israel.
Tendrás,
Ayélet, razón
si preguntas según lo
mencionado anteriormente, ¿Cómo
se explica que no haya en la Torá
Escrita ninguna mención, e
incluso ninguna alusión, sobre
la existencia de la Torá Oral,
o sobre la autorización dada a
los sabios de generaciones posteriores a detallar y comentar lo contradictorio y
lo implícito que hay en la
Escritura? Si bien todos los ejemplos traídos
anteriormente comprueban la existencia de una tradición
oral, ¿Acaso la propia Torá
lo hubiera expresado explícitamente?
Me
parece que que según lo que
hemos expresado hasta ahora la respuesta es simple. Si ya hemos aclarado que la
información contenida en los
versículos de la Torá
no es suficiente (ya sea por la falta de una definición
apropiada, o por una carencia de los detalles específicos,
como ya dijimos), entonces es claro también
para HaShem que en el futuro, después
de la entrega de la Torá, se
despertarían dudas y
conflictos. ¿Cómo no nos
informó la Torá
lo que hacer en una situación
tal? No obstante, es por eso precisamente que la Torá
describe lo anterior en el siguiente versículo:
"Cuando alguna cosa
te sea difícil
en el juicio... entre una clase de derecho legal y otra... y vendrás...
al juez que hubiere en aquellos días...
Y harás
según
la sentencia que te indiquen... no te apartarás
ni a diestra ni a siniestra de la sentencia que te dicten". (Debarim
17:8-11). Dios ordenó
en la Torá
Escrita escuchar la sentencia del Tribunal Supremo en cualquier tema
controversial. Su sentencia, cuya vigencia le proviene de la Torá,
ha sido incorporado como parte de la Torá
Oral. Ciertamente entonces, la Torá
Escrita nos remite explícitamente,
para entender sus temas, a la Torá
Oral.
En
la Torá
Escrita se relata que el tiempo de la presentación
de la ofrenda del ׃mer (medida de cebada, aprox. 3 L.) es durante la
fiesta de Pésaj:
"Al día
siguiente de Shabat" (VaYikrá
23:1) La Torá
Oral nos explica que en este caso Shabat se refiere al primer día
de la fiesta de Pésaj,
sea cual fuere el día
de la semana en que recaiga. Los seduceos, quienes renegaron de la Torá
Oral, argumentaron que la intención
de la Torá
era realmente Shabat, es decir el lunes siguiente al Shabat dentro de la semana
de Pésaj.
¿Acaso su argumento no es lógico,
cercana y concordante con el sentido simple de las palabras? No obstante, está
escrito en Yehoshua (5:11) sobre el Pésaj
primero que celebraron cuando ingresó
el pueblo a la Tierra de Israel: "Comieron después
de haber ingresado a la Tierra, al día
siguiente de Pésaj,
panes ázimos
y granos tostados precisamente ese mismo día?"
Lo anterior recuerda un tanto el estilo de la Torá
misma: "y pan y granos
tostados y espigas no comerán
precisamente hasta este mismo día".
Y así,
Israel tenía
una tradición,
después
de la entrega de la Torá,
tradición
oral en la cual se transmitió
que "al otro día
de Shabat" se refería
al "día
siguiente a Pésaj"
y así
celebraron en la primera oportunidad, en tiempos de Yehoshua.
En
Debarim (16:2) se declara: "presentarás
como ofrenda de Pésaj
delante de HaShem tu Dios rebaño
y reses". Ciertamente se entiende que debemos traer dos tipos de
sacrificios en Pésaj,
uno de rebaño
y otro de reses, o tal vez solo uno ya sea de rebaño
o ya sea de reses a nuestra elección.
En Dibrey HaYamim (35:7-9) en la descripción
del Pésaj
que se realizó
en tiempos del rey Yoshiahu se menciona que el sacrificio de Pésaj
se realiza solo con rebaño,
o cabras u ovejas, en cambio las
reses son para la ofrenda denominada Jaguigá,
lo que comprueba nuevamente que tenían
una tradición
oral que explicaba los versículos
de la Torá.
En
Debarim (16:7) se declara que el sacrificio de Pésaj
deberá
ser "cocinado y comido". Es sabido que cocinar (el término
en hebreo) indica hacerlo con agua, en cambio asar se refiere al fuego sin agua.
A pesar de esto en la descripción
del Pésaj
de Yoshiahu en Dibrey HaYamim se declara: "cocinaron el Pésaj
al fuego como es su reglamento", por lo tanto el Pésaj
siempre fue hecho asado, porque les aclaró
Dios en la Torá
Oral que cuando esté
escrito "cocinar" se refiere a asar, en cambio cuando está
escrito "cocinado en agua" (cf. Shemot 12:9, por ejemplo) se refiere a
cocinar simplemente.
Tenemos
pues versículos
obtusos y equívocos
en la Torá,
que en el resto de los libros del Tanaj se aclaran completamente, incluso según
sus disposiciones legales en la práctica,
ya que estos temas recibieron su explicación
en Sinaí.
Si bien los críticos
bíblicos
rechazan estas pruebas, ya que no aceptan el orden cronológico
de estos libros. Ellos suponen que la escritura de Yehoshua, por ejemplo, fue
anterior a la escritura de las secciones que tratan del ׃mer en la Torá...
Sin embargo, ¿Qué
diría,
Ayélet,
tu lógica
que un escritor posterior presentara una palabra obtusa en lugar de una palabra
clara que fue escrita con anterioridad, o lo contrario que un escritor posterior
explique un vocablo anterior?
"¿Qué
significa lo que se declara: "Te entregaré
las tablas de piedras, la Torá,
los mandamientos que he escrito para que los enseñes"
(qué
indica esa diversidad de conceptos que nos entregó)?
Las tablas: se refiere a los diez mandamientos. La Torá:
se refiere al texto escrito. Los mandamientos: se refiere a la Mishná.
Que he escrito: se refiere a los demás
textos del Tanaj. Para que los enseñes:
se refiere a la Guemará.
Se entiende que todos fueron dados a Moshé
en el Sinaí"
(Berajot 5a)
Es
apropiado que concluyamos este capítulo
con las palabras de Rabí
Yehudá
HaLeví
traídas
en Kuzarí:
"El sentido simple de la Torá
no es evidente, cuanto más
su sentido complejo; ya que solo se apoyaban (para clarificarla) en la Torá
Oral"
LA
TORÁ ORAL Y SUS DIVERSAS FUENTES.
Explicamos,
a pedido de Ayélet,
la obligatoriedad de la entrega de la Torá
Oral junto con la entrega de la Torá
Escrita. Probamos que es imposible cumplir los mandamientos mencionados en la
Torá
sin las explicaciones adicionales que fueron, también
ellas, transmitidas por HaShem a Moshé.
De tal modo, la Mishná
comienza el tratado Abot "Moshé
recibió
la Torá
de Sinaí,
y se la transmitió
a Yehoshua y Yehoshua a los ancianos" y así
de generación
en generación,
tales conceptos se refieren a la transmición
de la información
oral ya que la información
escrita fue entregada a los Kohanim en un libro, el cual fue puesto junto al
Arca, en el Tabernáculo.
Ahora
queremos definir qué
es lo que contiene y de qué
lementos está
compuesta la Torá
Oral que Moshé
recibió
y transmitió.
Además,
cabe preguntar si toda la Torá
Oral que se encuentra hoy en nuestras manos (Mishná,
Guemará
y Midrashim) fue entregada en directamente Sinaí,
o tal vez hay partes de ella que fueron añadidos
más
tarde durante el transcurso de los años.
En
primer lugar debemos fijar que existen cinco fuentes, cinco
"manatiales" de donde fluye la Torá
Oral, en ellos recibió
su identidad tal como la conocemos hoy en día.
Vamos a revisarlos uno por uno:
Del
versículo
"Estos son los estatutos y los juicios y las leyes (Torot) que entregó
HaShem a los Hijos de Israel en el monte Sinaí,
por medio de Moshé"
(VaYikrá
27:46), estudiaron los sabios: "y las
leyes... nos enseña
(el término
en plural) que dos leyes (Torot) fueron dadas a Israel, una escrita y otra
oral... que fue entregada la Torá
con sus reglas, sus deducciones
y sus comentarios por medio de Moshé
en Sinaí"
(Sifrá,
BeJukotay 8:13). Por ende cabe expresar: Moshé
recibió
en Sinaí
y nos transmitió
la Torá
con sus reglas, sus deducciones y comentarios.
1.1
Los Comentarios:
Los
comentarios tienen como función
explicar aquellos versículos
y términos
que no están
suficientemente claros en la Torá
Escrita, como por ejemplo: "y tomarán
ustedes un fruto de un árbol
hermoso"; ¿qué
significa "hermoso"? "Y serán
como frontales entre tus ojos" ¿qué
son realmente frontales? "Un día
de resonancia" ¿a qué
tipo de resonancia se refiere y como se realiza? "Le escribirá
un texto de rompimiento" ¿qué
significa este texto y qué
conceptos contiene? "Cuidarán
el mes de la primavera" ¿en qué
forma se lleva a la práctica
este cuidar? Y así
muchísimos
ejemplos.
Junto
a las explicaciones de este tipo, le fue entregado a Moshé
un corpus de aclaraciones que conllevan la modificación
literal de versículos,
aunque por otro lado concuerdan más
con el sentido de los mismos. "No serán
muertos los padres por los hijos" cuyo sentido se refiere a que no se puede
juzgar a pena de muerte a un padre basandose en el testimonio de sus hijos.
Estas aclaraciones son explicaciones orales de los versículos
de la Torá,
las cuales Aquel que entregó
la Torá
nos enseñó
para el estudio de sus contenidos.
1.2
La Reglas:
Las
reglas, con este término
definimos el concepto de "Halajá
dada a Moshé
en Sinaí".
Estas reglas no tienen por objetivo explicar los versículos
mismos, sino agregar o explayar los
mandamientos y las prohibiciones
de la Torá.
Nos está
prohibido, por ejemplo, comer en Yom Kipur, comer sangre, cebos, etc. ¿Cuál
es por ende la definición
de "comer", cuál
es el mínimo
indispensable para que se denomine comida prohibida, cuál
es su medida? ¿Cuál
es, por ejemplo, la cantidad de agua que purifica en una Mikvé
(baño
ritual); cuáles
son los elementos que se consideran interrupción
entre el cuerpo que se sumerge y entre el agua? ¿Cuál
es por ejemplo, la definición
de "dominio privado" y "dominio público",
qué
tipo de separaciones forman los dominios antes mencionados?
En
resumen, "las medidas (cantidades mínimas),
los tipos de separación
y los elementos que interrumpen, todos estos conceptos son Halajá
dada a Moshé
en Sinaí"
(Erubín
4:1).
Por
consiguiente, la definición
de la palabra "frontales" corresponderá
a los comentarios, en cambio la necesidad de hacerlos cuadrados y de pintarlos
de negro y de cocerlos con tendones, todas estas reglas no pertenecen a la
definición
de un término
sino a su Halajá:
detalle de la realización
de un mandamiento. Dentro del marco de estas reglas se encuentran también
especificaciones diversas que los propios versículos
mencionan que HaShem le dio a Moshé,
por ejemplo "matarás
un aminal como Yo te he ordenado..." Esto no es definición
de términos,
sino detalle y especificación
sobre la realización
de tal actividad.
1.3
Las Deducciones.
Se
refieren a un sistema de instrumentos o métodos,
a través
de los cuales se extraen de la Torá
Escrita soluciones a problemas actuales. El postulado consiste en que la Torá
de Israel es una entidad viviente; a ella le corresponde acompañar
al pueblo a través
de las generaciones y por medio de ella enfrentar las situaciones y las problemáticas
que se le presenten al pueblo. Por lo tanto, era necesario transmitir por medio
de Moshé
una serie de métodos
o instrumentos que concreten este objetivo, estos métodos
se denominan "las trece normas a través
de las cuales la Torá
se estudia"; estas normas sirven de ayuda al poder legislativo, es decir a
los sabios, crear, según
el marco específico
de estas normas, nuevas leyes que sirvan a las necesidades del momento. Así
nosotros conocemos el argumento a
fortiori (Kal Va-Jómer),
el cual consiste en un argumento lógico
encontrado ya en la Torá:
"Si el dinero que encontramos en nuestros costales te lo hemos traído
desde la tierra de Kenaán
(Kal Va-Jómer),
¿cómo
habíamos
de robar algo de la casa de nuestro señor?"
El principio lógico
fija que si en un caso dado, la ley que se aplica es estricta, en un caso de
mucha mayor gravedad se ha de aplicar esta ley estricta, a pesar que esta misma
ley no aparece en la Torá
aplicada al caso de mayor gravedad. Del mismo modo otros métodos
de argumentación
lógica
como la analogía
(Guezará
Shavá),
la generalización
(Binián
Ab), el argumento general-particular
(Klal UFrat), y otros.
Todos
estos tres conceptos fueron transmitidos a Moshé
y formaron una policromía
amplia de leyes diferentes: este es sin dudas el primer componente, específicamente
original, de la Torá
Oral.
El
contenido del resto de los componentes de la Torá
Oral, de aquí
en adelante, no fueron entregados según
la mayoría
de los comentaristas a Moshé
en Sinaí,
sino que tienen su punto de partida en las enseñanzas
de los sabios de todas las generaciones. La fuente que garantiza la autoridad y
validez de tales enseñanzas,
que incluyen los comentarios diversos, la legislación
para diverso casos, etc. es el versículo
que reza: "Cuando tengas que dilucidar un asunto legal... vendrás...
donde el legislador que haya en aquellos días;
entonces consultarás
y ellos te informarán
el asunto legal. Actuarás
según
el dictamen que te hayan informado... y te cuidarás
de respetar todo lo que se te informe. Según
el dictamen expresado y según
la ley fijada, actuarás,
no
podrás desviarte
del dictamen fijado no a la derecha y no a la izquierda" (Debarim 17:8-11).
Ciertamente el propio dador de la Torá
nos transmitió
que en todo tipo de problemática
que se presente, debemos consultar a los maestros de la Torá
que tengamos en cada generación,
HaShem es quien da la autoridad y validez a las actividades legislativas.
Al parecer estos versículos repiten conceptos, no obstante más adelante veremos y comprobaremos cuál es el sentido y significado de cada una de las partes de ellos. De todos modos se nos ha transmitido aquí, que la Torá, cuya realización no se eleva a dimensiones siderales, fue encomendada a los sabios de Israel en quienes radica, como en todo poder legislativo, la autoridad de explicarla y detallarla según su propio entendimiento, según la tradición recibida y según los criterios aceptados y la decisión de la mayoría.